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Tres Comisiones del Senado debatieron sobre el Sistema Provincial de Movilidad de Pasajeros

Publicada el 28 febrero, 2018

28/02/2018-

La jefa de gabinete de Transporte de la provincia, Jimena Latorre se refirió al  proyecto de Ley enviado por el Ejecutivo que el martes se trataría en sesión.   

En el salón Ricardo Rojas del Anexo de la Legislatura Provincial, se desarrolló un plenario de Comisiones del Senado. Participaron integrantes de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), Hacienda y Presupuesto como así también Obras y Servicios Públicos. En el encuentro estuvo la  jefa de gabinete de Transporte de la provincia, Jimena Latorre para analizar el proyecto  que modifica a la Ley Nº 7.412 – de Regulación del transporte público de pasajeros – y crea el ente de  Regulación y Control del Sistema de Movilidad de Pasajeros de Mendoza.

Formaron parte los siguientes legisladores: Jorge Palero, Olga Bianchinelli, Marcelo Rubio, Adrián Reche, Mauricio Sat, Fernanda Lacoste, María José Ubaldini, Juan Antonio Agulles, Claudia Salas, Mariana Caroglio, Juan Carlos Jaliff, Jorge Teves, Miguel Bondino, José Orts, Verónica Basabe, Juan Gantus, Luis Böhm, Gustavo Arenas, Eduardo Bauzá,  Samuel Barcudi y Omar Benegas.

La ley en debate tiene por objeto la Regulación y el Control del Sistema de Movilidad, en todas sus formas y tipos, en el ámbito del territorio de la Provincia y de las competencias que le son propias al Estado Provincial, como servicio público esencial para el desarrollo humano y económico.

El nuevo Ente tendrá como funciones principales fiscalizar las actividades de las empresas concesionarias del transporte, asesorar al Ejecutivo en la fijación de tarifas, sugerir cambios y modificaciones en recorridos y paradas y crear un registro de infractores.

Fiscalización y control

Para la fiscalización y control del Sistema de Movilidad Provincial y en especial del Servicio de Transporte de Pasajeros, a cargo del E.Mo.P., se establecen como objetivos cumplir y hacer cumplir esta ley, su reglamentación y disposiciones complementarias, controlando la prestación del servicio y el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los contratos de concesión y en las normas de habilitación, según el caso. También, proteger los derechos de los usuarios; instrumentar los mecanismos necesarios para garantizar la gestión y control de la operación del Transporte de Pasajeros en la jurisdicción provincial y proponer los cuadros tarifarios de las concesiones de transporte para su aprobación por el Poder Ejecutivo.

De igual forma, entre sus objetivos se encuentran el de promover ante los Tribunales competentes acciones civiles o penales, incluyendo medidas cautelares, para asegurar el cumplimiento de sus funciones y de los fines de esta ley, su reglamentación y contratos de concesión; reglamentar el procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de disposiciones legales, reglamentarias o contractuales, respetando en todos los casos los principios del debido proceso y organizar e implementar un procedimiento de seguimiento de la aprobación y realización de la infraestructura, planes de obras e inversiones propuestos por los concesionarios.

Por otra parte, contempla asimismo, proponer a la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Transporte, en su carácter de Planificador del Servicio, la extensión y modificación del servicio regulado en los lugares donde éste no exista o sea necesario introducir modificaciones, con niveles de calidad y de protección ambiental y de los recursos naturales; ejercer el poder de policía referido al servicio, entre otros aspectos.