Senadores analizaron las modificaciones a la Ley de Procedimientos Administrativos

16/08/2017-

Además los legisladores de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC),  trataron la ley Orgánica de la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia.  Participaron el ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia Dalmiro Garay y  el director de Personas Jurídicas, Raúl Romero.

En el salón Carrillo del Anexo de la Legislatura Provincial, la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) se reunió para abordar los proyectos de ley en estudio del Poder Ejecutivo, estamos hablando de la ley Orgánica de la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio de la Provincia como así también las modificaciones a la normativa de Procedimientos Administrativos.

Formaron parte de la actividad: El ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia Dalmiro Garay y el director de Personas Jurídicas, Raúl Romero. Además los senadores Marcelo Rubio, Juan Antonio Agulles, Adrián Reche, Mauricio Sat, María José Ubaldini, Ana Sevilla, Juan Carlos Jaliff, Claudia Salas, Miguel Bondino, Jorge Palero y Jorge Teves.

“Esta norma moderniza el régimen legal  que afecta a todas las sociedades comerciales, asociaciones y fundaciones de la provincia. La idea es ir hacia un sistema informático como en el resto del mundo, le suma transparencia para poder brindar una información adecuada en tiempo razonable. Es un proyecto más que se alinea a la propuesta del Gobernador sobre modernización del Estado”, señaló Raúl Romero con respecto a la iniciativa.

Establece que la competencia de la Dirección se circunscribe a las asociaciones civiles, fundaciones y sociedades ya constituidas o que se constituyan en la provincia o que, constituidas en otra jurisdicción nacional, fijen su domicilio o sede o ejerzan su principal actividad o establezcan sucursal, agencia o cualquier especie de asiento operativo o funcional de carácter permanente en el territorio mendocino.

Respecto de las sociedades constituidas en el extranjero, la competencia de la Dirección tendrá en cuenta  al régimen establecido en los artículos 118° a 124° de la Ley General de Sociedades. Idéntico criterio se aplicará respecto de las asociaciones civiles y fundaciones, siendo aplicable a ellas las normas sustanciales o de fondo que rigen a tales personas jurídicas privadas.

Por otro lado, Dalmiro Garay explicó las modificaciones propuestas a la Ley 3909, de Procedimientos Administrativos.

Según expuso el ministro, se trata de  una Ley “central”, que data de hace 34 años y que ahora se intenta modificar para, entre otros aspectos, adaptarla a los procesos de modernización del Estado en los que tanto el gobierno provincial como la Cámara de Senadores y Diputados, se encuentran inmersos.