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Modifican la Ley que regula el Registro de Contratos para la Comercialización de Productos Agrícolas

Publicada el 18 agosto, 2020

Se trata de los artículos 5 y 7 los cuales contemplarán que se llegue a un acuerdo de precios consensuado y se cree un registro de infractores. La propuesta pasó a Diputados en revisión.

Registro de Contratos para la Comercialización de Productos Agrícolas

A fines del 2018, se creó un Registro Único de Contratos, propuesta presentada por el ex diputado radical Ricardo Mansur, norma que regula la comercialización de productos frutihortícolas para industria. Hoy, el Senado trató y aprobó el proyecto por 34 votos positivos y uno negativo. Pasó a la Cámara de Diputados en revisión.

Durante su tratamiento en el recinto, el senador Diego Costarelli informó sobre los aspectos importantes de la propuesta. «Se trata de una propuesta que pretende proteger al productor primario de la uva. Venimos a plantear dos modificaciones a dos artículos, en el artículo 5 de esta ley. Lo que venimos a hacer es llamar a una suerte de paritaria de todos los sectores, para que en un ámbito no gubernamental puedan definir este tema”.

En cuanto al segundo artículo que se modifica, el legislador expuso: “El artículo 7 tiene que ver con la condena a aquellas bodegas que no cumplan con el contrato, estamos trayendo una propuesta para mitigar un poco la rigurosidad que plantea la ley en cuestión», destacó.

Luego, el senador Bartolomé Robles expuso: “Muy pocas veces he visto que un decreto reglamentario abriera tantas puertas a una ley. Creemos que es importante cambiar una palabra para que no pierda la finalidad la 9133. Tiene que ver con la redacción del artículo 5, lo que sugerimos y entendimos fue compartido por el funcionario del Gobierno y los miembros del oficialismo, que esta convocatoria no fuera de la autoridad de aplicación, sino que fuera obligatoria», destacó el legislador.

En este sentido, Robles propuso que sea reemplazada la frase “podrá convocar” por “deberá convocar” para asegurar la participación de las entidades que representan por sobre todo a los productores y que muchas veces no tienen la posibilidad de ser escuchados.

El legislador Lautaro Jiménez adelantó que no van a acompañar la propuesta.

Si bien anteriormente la reglamentación establecía la inscripción obligatoria de los contratos de uva y la implementación paulatina del resto de los contratos agrícolas, actualmente la norma permite que se inscriban los contratos de compraventa de durazno, ciruela, aceitunas, ajo y tomate que tengan como destino la industria en la temporada 2019/2020.

Pero el Gobierno Provincial decidió que esta norma no era totalmente abarcativa por lo que a mediados de julio de este año envió un proyecto de Ley con la intención de modificar dos artículos de la Ley antes mencionada. Se trata de los artículos 5 y 9.

La propuesta del Ejecutivo dispone que se convoque a los sectores interesados a tratar en conjunto, en un ámbito no estatal, aspectos de interés para las transacciones comerciales tales como costos de producción, calidades de los productos, situación de los mercados, precios de referencia, plazos de entrega de materias primas, modalidades de pago y todo otro que resulte de interés para cada sector.

Además propone que los establecimientos que registren sanciones por incumplimiento a la Ley 9133 o sobre los que recaiga sentencia condenatoria por incumplimiento de contratos registrados, no podrán acceder a subsidios, créditos de fomento, beneficios originados en la Ley Nº 6216, o cualquier otro beneficio sostenido con fondos públicos provinciales, por un plazo de un año, la primera vez y de tres años, las siguientes.

El cumplimiento voluntario de la resolución correspondiente, en el primer supuesto, rehabilitará a la recepción de los beneficios. En el segundo supuesto, reducirá la inhabilitación establecida por este artículo al plazo de un año.