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LAC analiza un proyecto que plantea garantías procesales para los procesos de gestación por sustitución

Publicada el 22 noviembre, 2018

Se trata una practica en donde una mujer (llamada “madre de alquiler” o “madre gestante”) se presta a quedar embarazada por fecundación in vitro y llevar al feto en su vientre hasta que nace, momento en que es entregado a una pareja con la que ha acordado tener el bebé.

Reunión LAC

Integrantes de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado evalúan una propuesta presentada por el Senador Justicialista Samuel Barcudi que  plantea normas y garantías procesales que protege a las partes involucradas en un proceso de gestación por sustitución.

En los fundamentos del escrito, el autor del proyecto explica que “en Argentina existe un vacío legal sobre esta modalidad, no existe un impedimento para realizar ese método de reproducción asistida. Con los avances de la ciencia como de nuestra sociedad se vuelve imperiosa la necesidad de contar con normas que difieran con las que actualmente contemplan únicamente como progenitora, a la madre gestante”.

Durante la reunión, el legislador sanrafaelino explicó que esta propuesta intenta regular esta práctica y establecer requisitos mínimos para que funcione. «No hay control respecto a cuántas veces puede una mujer alquilar su vientre, cuáles son los límites de edad, cuáles son las circunstancias éticas sobre las que se reciben honorarios por los gastos, qué gastos pretenden cobrar los estudios jurídicos y médicos para hacer este tipo de tratamientos”, profundizó Barcudi.

La nota completa podés leerla accediendo al siguiente link:

http://www.legislaturabierta.gob.ar/noticia.php?id=872