La comisión de Hacienda firmó el despacho de los proyectos de Avalúo e Impositiva

08/11/2017-

De esta manera, las propuestas enviadas por el Poder Ejecutivo se encuentran en condiciones de ser tratadas en la próxima sesión.

 Integrantes de la comisión de Hacienda y Presupuesto del Senado, analizaron los proyectos de ley de Avalúo Fiscal e Impositiva para el año próximo, norma que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.

Durante la reunión que fue presidida por el senador Jorge Palero, sus integrantes firmaron el despacho de la propuesta, por lo que se encuentra en condiciones de ser tratadas en la próxima sesión de la Cámara de Senadores.

Palero además especificó que semanas atrás, legisladores de ambas Cámaras recibieron al ministro de Hacienda, Lisandro Nieri y al titular de ATM, Alejandro Donati, quienes explicaron los principales puntos contemplados en ambos proyectos.

“En su momento la oposición no hizo hincapié en ninguna diferencia significativa, solamente en algunos detalles y esto fue lo que se puso sobre la mesa el día de hoy”, comentó el legislador.

El presidente de Hacienda también destacó que ese fue el condicionante para que se apoyara la media sanción que viene de la Cámara de Diputados, tanto en las leyes de Avalúo como en la de Impositiva.

Luego, miembros de la oposición solicitaron que se incorpore al proyecto un régimen nuevo destinado al Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo, que promueve la producción, competitividad y promoción del ajo y sus derivados.

Vale destacar que dicha propuesta presentada por la senadora Daniela García y el senador Ernesto Mancinelli fue aprobada meses atrás por la Cámara de Senadores.

Al respecto Palero especificó que las propuestas tratadas hoy no serán modificadas, pero más adelante podría presentarse una ley complementaria para este tipo de casos. Además especificó que cuando se presentaron los proyectos de Avalúo e Impositiva esta norma aún no estaba reglamentada.

Proyecto de Avalúo Fiscal e Impositiva 2018

El Avalúo Fiscal, constituirá la base imponible del Impuesto Inmobiliario de los bienes inmuebles objeto del gravamen, y del Impuesto de Sellos, cuando se celebren actos, operaciones o contratos referidos a bienes inmuebles, en el transcurso del período fiscal.

La metodología aplicable para la determinación del Avalúo no ha sufrido modificaciones respecto a la Ley vigente, aunque se propone un aumento promedio en los avalúos del 15,7% para todas sus zonas, tal cual la pauta inflacionaria prevista a nivel nacional para el año próximo.

La norma dispone, entre otros aspectos, que las parcelas que deban ser incorporadas al Banco de Información Catastral en el curso del período fiscal 2.018, se valuarán según los valores unitarios de la tierra libre de mejoras vigentes en su entorno más próximo, y para el caso de la incorporación de un barrio el valor unitario de la tierra libre de mejora se determinara según estudio previo que realizara el departamento Económico de la Dirección General de Catastro A.T.M.

En el caso de la Ley Impositiva que regirá el año próximo, se fijan las alícuotas, mínimos y coeficientes para la determinación de la base imponible de los impuestos establecidos en el Código Fiscal como así también, los valores de las Tasas Retributivas que perciben las dependencias del Estado Provincial por la prestación de los servicios.