Publicada el 12 febrero, 2020
Se debatió un proyecto del Ejecutivo para establecer un procedimiento transaccional de causas judiciales o extrajudiciales en las que el Estado, los organismos descentralizados o autárquicos sean parte.
En el Nuevo Anexo Legislativo, se desarrolló la reunión de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales presidida por el senador Marcelo Rubio, en esta oportunidad se debatió un proyecto del Ejecutivo para establecer un procedimiento transaccional de causas judiciales o extrajudiciales en las que el Estado, los organismos descentralizados o autárquicos sean parte.
Participaron de la actividad el Fiscal de Estado Fernando Simón y el asesor de Gobierno Ricardo Canet. Con esta propuesta se busca que cuando haya una posibilidad de acordar frente a un daño a una persona, esa causa la revisará la Asesoría de Gobierno o Fiscalía de Estado y habrá un órgano a determinar la indemnización.
“Los entes y organismos del sector público provincial contemplados en el artículo 4° de la Ley Nº 8706, en adelante Estado, persona estatal o demandado directo, en aquellos procesos judiciales donde resulten demandados o frente a reclamos administrativos en los que existiere posibilidad cierta de serlo, tenga o no la controversia contenido patrimonial, podrán celebrar acuerdos transaccionales, judiciales o prejudiciales, en los términos y con los efectos previstos en los artículos 1641 ss. y cc. del Código Civil y Comercial de la Nación, 67 del Código Procesal Administrativo de la Provincia, y 85 y cc. del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de la Provincia, siempre que el acuerdo resulte conveniente para los intereses del Estado. Para la celebración de los acuerdos transaccionales deberá cumplirse con el procedimiento establecido en la presente ley”, reza un fragmento de la iniciativa.
La participación de Fiscalía de Estado en el procedimiento establecido en la presente ley será obligatoria, de conformidad a lo previsto en el artículo 2 inciso b) de la Ley Nº 728, bajo pena de nulidad.
“Como demandas por daños y perjuicios tenemos en actividad 2 mil juicios, abarcando a todo el sector público tanto municipal como provincial. Son muchos los reclamos y en algunos casos uno sabe que hay muy pocas posibilidades de que se gane. Lo mejor sería lograr un acuerdo razonable y rápido”, destacó Simón.
A partir de la contestación de la demanda, y en tanto lo considerare necesario, el representante judicial del Ente estatal demandado directo deberá remitir en el plazo de cinco días a la máxima autoridad del mismo, un informe en el que se pronuncie fundadamente respecto de la conveniencia para el Estado de arribar a un acuerdo transaccional, con el objeto de poner fin al proceso judicial. Dicha autoridad tomará conocimiento del informe y procederá a elevar las actuaciones a Fiscalía de Estado.
La propuesta se seguirá analizando en la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales.