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Fondo Escolar Permanente fue analizado por la Comisión de Hacienda del Senado

Publicada el 22 mayo, 2024

La propuesta que quedó a la firma para que sea despachada, está destinada a financiar el sistema educativo con recursos de herencias vacantes. Este fondo canalizaría ingresos de ventas y alquileres de bienes hacia la mejora de la infraestructura escolar, garantizando un financiamiento estable y equitativo para toda la Provincia.

Fondo Escolar Permanente

La comisión de Hacienda y Presupuesto del Senado de Mendoza se encuentra en proceso de evaluación de un importante proyecto de ley que propone la creación del Fondo Escolar Permanente, una iniciativa destinada a mejorar el financiamiento del sistema educativo provincial.

Todo esto se basa en el artículo 212, inciso 11, de la Constitución de la Provincia de Mendoza y fue presentado por el Poder Ejecutivo con el objetivo de canalizar los recursos provenientes de las herencias vacantes hacia la Dirección General de Escuelas (DGE).

Durante la reunión, la senadora Ángela Floridia quien dirige dicho espacio, ofreció detalles sobre el expediente 80157, un proyecto que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y que fue enviado por el Poder Ejecutivo. La legisladora explicó que el fondo tiene como objetivo principal asegurar recursos constantes para el mantenimiento y mejora de la infraestructura escolar.

Además, mencionó que durante la presentación del proyecto en la Cámara de Diputados y la exposición del ministro de Educación, Cultura, Infancias y Dirección General de Escuelas, Tadeo García Zalazar se abrieron discusiones sobre algunos artículos que previamente no se habían abordado en profundidad.

Por su parte, la senadora Adriana Cano, presidenta del bloque Justicialista, aportó su perspectiva sobre el proyecto, específicamente sobre el artículo 7, en donde se establecen los plazos para implementar el Fondo Escolar Permanente “Me parece que está bien hecho eso, pero tenemos seis meses. Yo soy abogada de hechos sustanciales. Es muy raro que hagan un sustancial tan rápido”, concluyó.

¿Cómo se constituirá el Fondo Escolar Permanente?

La propuesta establece que el Fondo Escolar Permanente se constituirá a partir de los recursos generados por la venta, disposición y/o arrendamiento de bienes inmuebles y muebles, tanto registrables como no registrables, así como activos financieros que eventualmente puedan surgir de herencias vacantes o donaciones. Estos recursos serán titularizados por la DGE y se utilizarán exclusivamente para generar ingresos destinados a la adquisición de terrenos, construcción, reparación, mantenimiento y equipamiento de edificios escolares en toda la provincia.

Adicionalmente, el Fondo Escolar Permanente podrá recibir ingresos provenientes de empréstitos con el fin de fortalecer el fondo y mejorar la infraestructura educativa, utilizando bienes pertenecientes al fondo como garantía. La normativa también prevé la creación de un Registro de Bienes del Fondo Escolar Permanente, que individualizará los inmuebles y otros bienes que se incorporen al patrimonio de la DGE.

El proyecto de ley faculta a la DGE a enajenar, arrendar y/o disponer de los bienes mencionados de forma directa, mediante licitaciones de ofertas o subastas públicas. En caso de que los inmuebles estén ocupados, este organismo deberá notificar a los ocupantes para que desocupen el inmueble en un plazo de cinco días. Si no se cumple con este requerimiento, se iniciará un proceso judicial para solicitar el desalojo conforme a las normas del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario.

Asimismo, se obliga a las entidades bancarias y financieras a identificar a los titulares fallecidos de cuentas inactivas por más de seis meses, y a los proveedores de servicios de cajas de seguridad a notificar a la DGE simultáneamente con la notificación que efectúan al usuario.

El principal objetivo de esta medida es garantizar una fuente de financiamiento estable y permanente para la mejora de la infraestructura escolar en Mendoza. Los fondos generados se destinarán a proyectos específicos de construcción, reparación y mantenimiento de edificios escolares, asegurando una asignación estratégica y equitativa de los recursos en toda la provincia.

El proyecto también contempla un mecanismo de incentivo para quienes denuncien herencias vacantes, otorgando un 15% del valor total del bien vendido al denunciante, conforme a lo establecido en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza. Además, se establecerán procedimientos para recibir denuncias de vacancia tanto de individuos como de entidades públicas y privadas, asegurando la verificación y liquidación del porcentaje correspondiente.

Para garantizar la transparencia, la autoridad de aplicación deberá enviar un informe anual a la Legislatura detallando la composición y uso del Fondo Escolar Permanente. Las actuaciones notariales necesarias para la ejecución de esta ley serán realizadas por la Escribanía General de Gobierno, asegurando la legalidad en todos los procedimientos relacionados con la enajenación de bienes y la disposición de activos.