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Es ley el incremento salarial para policías y penitenciarios

Publicada el 31 enero, 2023

El senado ratificó el decreto 2332 del 12 de diciembre del año pasado, venido en revisión de Diputados, que establece incrementos salariales al personal policial y servicio penitenciario. Fue aprobado por unanimidad.

El decreto, refiere a los acuerdos alcanzados en las negociaciones paritarias 2022 con casi la totalidad de los sectores de la Administración Pública Provincial y que como “el Personal Policial y Penitenciario no se encuentra alcanzado por las normas de negociación colectiva del sector público, resulta necesario otorgarles incrementos salariales similares a los acordados con los distintos sectores.

Por ello y en esa línea  es que “resulta razonable, oportuno y conveniente, modificar los porcentajes” correspondientes a los Adicionales Personal de Seguridad; Fortalecimiento de la Labor Policial, Fortalecimiento de la Labor Penitenciaria, Responsabilidad Policial Jerárquica, y el  Adicional Mayor Responsabilidad Penitenciaria, a fin de incentivar la capacitación  y profesionalización del Personal de las Fuerzas de Seguridad” indica el texto.

La senadora Angela Floridia expresó: “Sabemos que este sector de trabajadores no participa de las paritarias, esto es por ley, pero el Poder Ejecutivo debe aumentar los salarios por decreto. Esto es en consonancia con los aumentos salariales del resto de la Administración Pública. Además del incremento de algunos ítems que ya tenían y que están dentro del sueldo, se dio un aumento del 9% en diciembre del 2022, ese aumento está calculado sobre cargo del jefe de policía y se dio un aumento del 5% para enero, febrero y marzo del 2023 para los policías en actividad y para quienes gozan del beneficio del retiro».

Establece que en el caso de los beneficiarios del Régimen de Retiros y Pensiones del Personal Policial y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza, se hace necesario otorgar similares incrementos salariales que a los agentes que se encuentran en actividad, conforme el Artículo 11 del Decreto-Ley 4176/77, respetándose las retroactividades mensuales que se generen.

Aquí podrás escuchar el audio: