Publicada el 27 febrero, 2024
La Cámara de Senadores, en su sesión de tablas, aprobó el expediente por el cual se adhiere a la Ley Nacional N° 27.674, de Oncopediatría, incorporándola a la ley N° 9.287, Programa Provincial de Cuidado Integral de Niños, Niñas y Adolescentes con cáncer.
Dicho proyecto llegó al Senado en segunda revisión, por lo que al tratar la sanción dada por la Cámara de Diputados, pasó al Ejecutivo para su posterior promulgación.
El senador Abel Freidemberg, presidente de la Comisión de Salud, dio los detalles de este proyecto de ley. Explicó que en el momento en el que se trabajó la normativa en el Senado, se avaló por unanimidad y cuando fue analizada por la Cámara de Diputados, se llevaron a cabo observaciones para que de nuevo sea debatida en la jornada de hoy.
Luego de las palabras vertidas por el legislador, la norma fue sometida a tratamiento, por lo que fue aprobada por unanimidad. Fue remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.
El proyecto busca incorporar los artículos 1 bis y 8 bis a la Ley N° 9287 estableciendo en el artículo 1 bis, la “adhesión a la Ley Nacional N° 27674 de conformidad con lo establecido en su artículo 15, en el ámbito de las respectivas jurisdicciones nacionales y provinciales.”
El artículo 8 bis, instituye “la autorización al Ministerio de Salud y Deportes, o el organismo que en el futuro lo reemplace, a suscribir los convenios de cooperación y coordinación con la autoridad de aplicación de la Ley Nacional N° 27.674.”
La provincia de Mendoza cuenta, desde el año 2020 con una ley que asiste y protege a las niñas, niños y adolescentes con cáncer y a sus familiares, habiendo sido pionera en este tipo de asistencia.
Según esta iniciativa “adherir a la Ley Nacional es necesario pues otorga un marco que amplía la asistencia a partir de beneficios diversos, mientras dure el tratamiento, que contemplan a las obras sociales, medicina prepaga y todo servicio médico asistencial en las prestaciones previstas“ para esta patología.
Este proyecto, fue promovido por el senador MC Marcelo Rubio, significa también “licencias especiales a uno de los progenitores o representantes legales o a quienes se encuentren a cargo de las personas que transitan la enfermedad para poder realizar estudios, rehabilitaciones y tratamientos de recuperación y mantenimiento de su estado de salud sin que ello sea causal de pérdida de presentismo o despido”.
De acuerdo a los fundamentos, “el programa propone, en consonancia con la Ley 9287, asistencia y acompañamiento a quienes padecen cáncer y sus familias, cubriendo sus necesidades desde aspectos que incluyen los cuidados que requieran, facilitando también los medios para que los familiares que cuidan a estos niños, niñas y adolescentes, puedan hacerlo sin contratiempos ni preocupaciones”.
Además, considera que “la información sobre la enfermedad y el bienestar de cada paciente con cáncer, es fundamental para la toma de decisiones, como también la capacitación de los agentes sanitarios encargados de las áreas de oncología de cada efector de salud”.