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Despacho favorable para un proyecto que modifica la pensión honorífica Malvinas Argentinas

Publicada el 21 septiembre, 2022

La iniciativa cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados y será tratada en la sesión del Senado.

La Comisión de Hacienda y presupuesto, presidida por la Senadora Ángela Floridia, dio despacho favorable al expediente número 77929 a través del cual se solicita sustituir el artículo 4º de la Ley Nº 6772. Este proyecto cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y será tratado en la sesión del Senado para su aprobación definitiva.

La iniciativa  busca mejorar la pensión honorífica Malvinas Argentinas, la cual quedará fijada en un monto equivalente a dos (2) veces la Asignación de la Clase 013 del Escalafón General Ley Nº 5126 modificatoria y complementarias.

Además se abonará a los beneficiarios de la Pensión Honorífica Malvinas Argentinas, en concepto de seguro habitacional un importe equivalente al veinte por ciento (20%) del monto de la misma. Para acceder a este beneficio, deberá acreditarse que el veterano o su cónyuge no posean inmueble a su nombre. Para el caso de que se trate de un crédito hipotecario deberá acompañarse escritura de hipoteca. Para el caso de que se tratará de un contrato de alquiler, deberá acreditarse dicha situación acompañando copia del contrato. Deberá prestar declaración jurada respecto del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta ley y en el decreto reglamentario que se dicte al efecto. Este importe tiene por objeto solventar los gastos de alquiler o pago de crédito hipotecario para adquirir una vivienda familiar para el veterano. Si el veterano resultare beneficiario de algún plan de vivienda que involucre al Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.), el importe de la cuota mensual será descontado de este importe. Quedan excluidos del presente beneficio aquellos que posean vivienda única familiar o su cónyuge o al menos una vivienda. Para el caso de que el veterano ingresare como beneficiario de planes de vivienda que involucren al Instituto Provincial de la Vivienda (I.P.V.), el importe de la cuota nunca podrá ser superior al importe que se liquide en concepto de seguro habitacional.”

Estuvieron presentes en la Comisión los y las Senadoras Natacha Eisenchlas, Mercedes Rus, Mario Ana, Cecilia Juri, Mariana Zlobec Martín Kerchner Tomba y Mercedes Derrache.