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Comenzó el análisis del proyecto que modifica el Estatuto del Empleado Público en Mendoza

Publicada el 10 septiembre, 2025

La propuesta actualiza de forma integral el marco normativo vigente desde 1973, con el objetivo de adaptarlo a las nuevas demandas de la administración pública, a criterios de responsabilidad fiscal y a la jurisprudencia de la Corte.

Comenzó el análisis del proyecto que modifica el Estatuto del Empleado Público en Mendoza

El Senado de Mendoza comenzó a debatir un proyecto clave para el futuro del empleo público en la provincia: la reforma parcial del Estatuto General del Empleado Público, establecido en 1973 mediante el Decreto Ley 560, junto con adecuaciones al Escalafón regulado por la Ley 5126. La propuesta fue presentada por el Poder Ejecutivo en agosto y este miércoles tuvo su primera instancia de análisis en un plenario de comisiones en la Cámara Alta. El proyecto cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.

De la reunión participaron los asesores de Gobierno Ricardo Canet y Javier Urrutigoity, quienes brindaron detalles sobre el alcance de la iniciativa y respondieron consultas de los senadores. También se acordó que la próxima semana se escuchará la postura de los gremios estatales, con el fin de incorporar la mirada de los trabajadores al debate legislativo.

En la fundamentación del proyecto, el Poder Ejecutivo señala que las restricciones presupuestarias y las exigencias de responsabilidad fiscal hacen indispensable una revisión normativa. También se busca eliminar disposiciones que, con el paso de los años, quedaron en desuso o resultan incompatibles con los principios republicanos de igualdad de acceso a la función pública.

El asesor de Gobierno Ricardo Canet fue claro al respecto: “Este proyecto no tiene ninguna intencionalidad en particular para despedir a nadie ni dejar a empleados afuera. Lo que busca es ordenar las categorías, dar uniformidad a la legislación y alinearla con la jurisprudencia vigente. De esta manera, evitamos conflictos judiciales que muchas veces generan pérdidas para el Estado”.

Canet también recordó que la Constitución provincial establece que la idoneidad es condición para acceder a los cargos públicos, y que la Ley 8729 prohíbe expresamente el pase a planta por paritarias.

Por su parte, Javier Urrutigoity resaltó que uno de los cambios centrales es el reconocimiento formal de la figura del “personal de planta interino”, hasta ahora inexistente en la normativa. “Se le otorga una estabilidad distinta a la de la planta efectiva, en línea con lo que ha venido marcando la jurisprudencia, pero sin equipararse plenamente a la estabilidad propia de los agentes permanentes”, explicó.

Antecedentes históricos

El Estatuto del Empleado Público de Mendoza fue sancionado hace más de medio siglo, en un contexto político, económico y social muy diferente al actual. Desde entonces, la administración pública provincial ha experimentado transformaciones significativas, entre ellas la sanción de estatutos sectoriales que regularon actividades específicas, como salud, educación o seguridad, generando superposiciones normativas y situaciones de desigualdad entre trabajadores.

A esto se suma la evolución de la jurisprudencia. En los últimos años, tanto la Suprema Corte de Justicia de Mendoza como la Corte Suprema de la Nación emitieron fallos que introdujeron interpretaciones diversas sobre cuestiones como la estabilidad laboral, la reincorporación tras sanciones, el cómputo de la antigüedad y los derechos de quienes no forman parte de la planta permanente. Estas decisiones judiciales marcaron contradicciones que impactan en el funcionamiento cotidiano del Estado y motivaron la necesidad de una reforma legal para unificar criterios.

Los principales cambios que se plantean

La iniciativa propone una modernización de los artículos iniciales del Decreto Ley 560/73, ampliando el alcance del estatuto para que pueda aplicarse de manera supletoria a personal que hoy está excluido de la carrera administrativa. Además, deroga procedimientos recursivos que ya no se utilizan y establece que regirá el procedimiento administrativo común de la Ley 9003.

En cuanto a la estabilidad laboral, el texto diferencia entre quienes gozan de estabilidad plena —los agentes permanentes— y aquellos con estabilidad impropia, como interinos y contratados. En este último caso, se establece que no habrá derecho automático a la reincorporación tras una sanción de suspensión o separación.

Otro aspecto destacado es la eliminación de disposiciones que permitían un acceso cuasi hereditario a los cargos públicos, un privilegio incompatible con el sistema republicano y con el principio de igualdad de oportunidades. También se actualizan las reglas de indemnización, fijando un plazo máximo de 30 días para su pago, y se precisa que el cómputo de antigüedad se limitará a los servicios prestados bajo relación de dependencia con aportes previsionales, quedando excluidas las contrataciones autónomas.

Asimismo, se mantiene el acceso a los recursos administrativos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo y, en caso de agotarse esa vía, se habilita la acción procesal administrativa regulada por la Ley 3918.

Con la exposición de los asesores de Gobierno se dio el puntapié inicial a un debate que promete ser amplio. La próxima etapa será escuchar la voz de los gremios estatales. Posteriormente, las comisiones deberán elaborar un despacho que será tratado en el recinto.

Con ello, Mendoza se encamina a actualizar un marco legal con más de cinco décadas de vigencia, adaptándolo a las necesidades actuales del empleo público y a los criterios fijados por la Justicia.