Publicada el 25 febrero, 2026

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado analizó el proyecto que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y que propone modificar la Ley 8.465 de Ejecución Penal, con el objetivo de revisar y endurecer los criterios para el otorgamiento de beneficios penitenciarios en Mendoza.
La iniciativa fue impulsada por el diputado Edgardo Civit Evans y plantea introducir cambios en los artículos 27 inciso IV, 28, 29, 33, 36 y 68 de la norma vigente, además de incorporar el artículo 42 bis, a fin de reforzar los mecanismos de evaluación y control sobre las personas privadas de libertad que aspiren a acceder a salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional o libertad asistida.
Durante la reunión, el autor del proyecto explicó que la propuesta busca aclarar y ordenar aspectos de la ley de ejecución penal que han generado controversias en su aplicación. Señaló que en los últimos años se produjeron hechos de alto impacto social protagonizados por personas que habían accedido a beneficios penitenciarios y luego reincidieron en delitos graves, lo que –sostuvo– obliga al Estado a revisar los criterios vigentes.
En ese sentido, remarcó que la intención no es avanzar sobre las facultades del juez de ejecución, sino establecer pautas más estrictas respecto de la valoración de los informes técnicos. La medida establece que, cuando los dictámenes del Consejo Correccional y del Organismo Técnico Criminológico resulten negativos o desfavorables, deberán ser ponderados por el juez, quien solo podrá apartarse de ellos mediante resolución especialmente fundada en motivos técnicos y jurídicos suficientes.
Civit Evans indicó que el proyecto apunta a reducir riesgos de reincidencia y brindar mayor seguridad a la sociedad, garantizando que los beneficios anticipados se concedan únicamente a quienes hayan demostrado una rehabilitación real y sostenida. También sostuvo que los organismos públicos tienen la responsabilidad de legislar para evitar que se repitan situaciones que generen nuevos hechos de violencia.
Entre los cambios propuestos, se incorpora como requisito para las salidas transitorias o la semilibertad contar con resolución aprobatoria del director del establecimiento penitenciario y concepto favorable del Organismo Técnico Criminológico y del Consejo Correccional respecto de la evolución del interno y del impacto que el beneficio pueda tener en su reinserción social.
Asimismo, se refuerza el procedimiento mediante el cual el director del establecimiento debe elevar al juez de ejecución una resolución fundada proponiendo la concesión del beneficio, detallando condiciones, restricciones y nivel de confianza. En todos los casos, los informes negativos deberán ser merituados por el magistrado, quien solo podrá apartarse de ellos con fundamentación suficiente.
En relación con la libertad condicional y la libertad asistida, el proyecto establece que el juez deberá contar con informes interdisciplinarios fundados que pronostiquen en forma individualizada la reinserción social del condenado. También se prevé que el magistrado pueda denegar la incorporación al régimen cuando considere, mediante resolución fundada, que el egreso anticipado puede constituir un grave riesgo para el propio interno o para la sociedad.
La iniciativa incorpora además el artículo 42 bis, que fija un plazo de validez de doce meses para las propuestas o resoluciones del director del establecimiento, los dictámenes del Consejo Correccional y los informes del Organismo Técnico Criminológico, contados desde la recepción del trámite en sede judicial. La actualización de esos informes quedará sujeta a la reglamentación del Servicio Penitenciario.
Durante la ronda de consultas, la senadora Adriana Cano cuestionó el plazo de doce meses previsto para la validez de los informes y consultó si existía un fundamento específico para fijar ese término. El autor respondió que el objetivo es otorgar un margen razonable para que el juez pueda evaluar la evolución de la conducta del interno.
Cano manifestó que, a su criterio, el plazo podría resultar subjetivo y anticipó que propondrá modificaciones en ese artículo. Además, solicitó que se invite a un juez penal a la comisión para que brinde su visión técnica sobre la propuesta.
Por su parte, el senador Walther Marcolini quien preside la comisión señaló que la iniciativa continuará en estudio dentro de la comisión, a fin de seguir analizando su alcance y eventuales ajustes antes de avanzar con el dictamen correspondiente.