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Analizan en el Senado el proyecto que busca regular la seguridad ciudadana a nivel municipal

Publicada el 4 junio, 2025

La propuesta, impulsada por el Ejecutivo, habilita a los gobiernos locales a conformar cuerpos de prevención sin estado policial ni armas de fuego. Asistieron funcionarios del Ministerio de Seguridad para explicar los alcances del proyecto.

regular la seguridad ciudadana a nivel municipal

La Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado de Mendoza analizó un proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo que tiene como objetivo establecer las bases del sistema de seguridad ciudadana y de prevención localizada comunitaria. La propuesta busca brindar un marco normativo claro para los municipios que decidan involucrarse en esta materia, fortaleciendo la convivencia y el desarrollo social.

Durante el encuentro, el senador Walther Marcolini, presidente de la comisión, indicó que se trata de un proyecto de ley para sentar las bases de este nuevo sistema y detalló que se invitó a participar del debate al director general de Relaciones con la Comunidad, Hernán Amat, y a Alejandro Antón, jefe de la Dirección de Seguridad Privada.

Amat explicó que la iniciativa forma parte de un paquete de leyes impulsadas por el Ministerio de Seguridad y Justicia, en línea con los lineamientos establecidos por el gobernador Alfredo Cornejo y la ministra Mercedes Rus. “Lo que buscamos como objetivo principal es darle un sustento legal a todos los municipios que quieran involucrarse activamente en la seguridad ciudadana”, remarcó el funcionario.

El director subrayó que la ley no impone la obligación a los municipios de formar parte del sistema, sino que regula la participación de quienes decidan involucrarse. “Se ha dicho que la provincia quiere sacarse el poncho y transferir responsabilidades, pero esto no es así. Esta ley no busca desentenderse de la seguridad, que sigue siendo competencia provincial, sino ordenar y complementar”, aclaró Amat.

Entre los principales objetivos del proyecto se destacan la creación de instrumentos para mantener el orden público, contribuir al desarrollo del capital humano y reforzar la prevención de ilícitos, contravenciones y delitos. También se apunta a lograr mayor eficiencia en los abordajes de seguridad pública, con cercanía al vecino, y a reforzar la participación ciudadana.

El régimen normativo será obligatorio solo para aquellos municipios que decidan crear sus propios cuerpos de seguridad ciudadana, que actuarán bajo principios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad, con funciones preventivas, auxiliares y de control. La ley aclara expresamente que estos cuerpos no tendrán estado policial ni podrán portar armas de fuego.

En ese sentido, se incorpora la posibilidad del uso de armas disuasivas o de baja letalidad, que solo podrán utilizarse con autorización expresa del Ministerio de Seguridad y Justicia, y bajo estrictas condiciones de capacitación y control.

La normativa también establece que los cuerpos municipales podrán labrar actas por infracciones a las normas de convivencia, tomar denuncias, controlar el tránsito, intervenir en flagrancia, e incluso realizar la instrucción sumarial, todo bajo estrictos protocolos. Además, cada municipio deberá definir una identidad visual y uniforme distintivo para sus agentes de seguridad, que refleje su carácter preventivo y sujeción a los principios de esta ley.