Publicada el 17 septiembre, 2025
En una reunión conjunta de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Hacienda y Presupuesto, y Asuntos Sociales y Trabajo, fue analizado el proyecto que propone una reforma parcial del Estatuto General del Empleado Público de Mendoza, vigente desde 1973 a través del Decreto Ley 560, junto con adecuaciones al Escalafón regulado por la Ley 5126. La iniciativa, presentada por el Poder Ejecutivo, cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados.
Durante la jornada, se dio participación a representantes de distintos gremios vinculados a los empleados públicos, quienes habían solicitado estar presentes en comisiones. Entre ellos estuvieron ATE, representado por su secretario general Roberto Macho; por el Sindicato Provincial de Estatales de la Salud, participó Daniel Quintero; por UPCN, Cristian Galdeano; por APEL, Alejandro Baldoni; por APOC, Ramiro Quevedo Mendoza; por CTA Autónoma, Adriana Iranzo; por AMPROS, Claudia Iturbe; por Judiciales Provinciales, Ricardo Babilón; por parte de funcionarios Judiciales, María Inés Echegaray; y representantes del Partido Obrero.
El Poder Ejecutivo fundamentó la reforma en la necesidad de actualizar un marco normativo que tiene más de medio siglo, adaptándolo a las restricciones presupuestarias, criterios de responsabilidad fiscal y a la jurisprudencia vigente. Según la exposición oficial, también se busca eliminar disposiciones obsoletas o incompatibles con los principios republicanos de igualdad de acceso a la función pública.
El Estatuto del Empleado Público fue sancionado en un contexto político, económico y social muy distinto al actual. Desde entonces, la administración pública provincial experimentó transformaciones que incluyeron estatutos sectoriales en áreas como salud, educación y seguridad, generando superposiciones normativas y desigualdades entre trabajadores.
En paralelo, la evolución de la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza y de la Corte Suprema de la Nación introdujo interpretaciones diversas sobre estabilidad laboral, reincorporación tras sanciones, cómputo de antigüedad y derechos de trabajadores no permanentes, generando contradicciones que motivaron la necesidad de unificar criterios legales.
La reforma propone modernizar los artículos iniciales del Decreto Ley 560/73, extendiendo su alcance para que aplique supletoriamente a personal actualmente excluido de la carrera administrativa. Se derogarán procedimientos recursivos obsoletos y se aplicará el procedimiento administrativo común de la Ley 9003.
En cuanto a la estabilidad laboral, se diferencia entre agentes permanentes, con estabilidad plena, y empleados interinos o contratados, quienes no tendrán derecho automático a reincorporación tras sanciones. Además, se eliminan privilegios de acceso cuasi hereditario a cargos públicos y se actualizan reglas de indemnización, estableciendo un plazo máximo de 30 días para su pago. El cómputo de antigüedad se limitará a servicios con relación de dependencia y aportes previsionales, excluyendo contrataciones autónomas.
Se mantiene el acceso a recursos administrativos previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo y, en caso de agotarse esa vía, se habilita la acción procesal administrativa regulada por la Ley 3918.
Con esta reforma, Mendoza se encamina a actualizar un marco legal que supera las cinco décadas de vigencia, adecuándolo a las necesidades actuales del empleo público y a los criterios establecidos por la Justicia.