Publicada el 25 marzo, 2025
La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la modificación de la Ley 3401, que establece la regulación edilicia y jurisdicción del Centro Cívico de la ciudad de Mendoza. La iniciativa, impulsada por la diputada Beatriz Martínez y acompañada por sus compañeros de bancada Cecilia Rodríguez y Alberto López, busca adaptar la normativa al crecimiento demográfico y urbanístico de la ciudad, asegurando una planificación eficiente y sostenible. La propuesta pasó al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.
Durante el debate, el senador Oscar Sevilla explicó que el proyecto, que ya cuenta con media sanción de Diputados desde febrero de este año, establece cambios en los límites y la administración del área. «Este centro cívico es patrimonio cultural de la provincia de Mendoza, donde se encuentran edificios emblemáticos como el Palacio Judicial y la Casa de Gobierno. Con esta modificación buscamos garantizar un desarrollo que preserve el paisaje y respete las características de la zona», señaló.
Además comunicó que la ley vigente, sancionada en 1965, definió los límites del Centro Cívico y estableció criterios urbanísticos que han quedado desactualizados frente al crecimiento de la ciudad. Con la nueva normativa, la Municipalidad de Mendoza asumirá la responsabilidad de regular y controlar el desarrollo edilicio y urbanístico del área, asegurando una planificación alineada con el código urbano.
Entre los principales cambios, se modificará el artículo 2º para delegar en el municipio la definición de los factores de ocupación del suelo y otros indicadores urbanísticos. Además, se sustituirá el artículo 4º, otorgando a la comuna la regulación del tránsito en la zona. Finalmente, se modificará el artículo 6º, permitiendo la realización de espectáculos deportivos, culturales y artísticos con previa autorización del Poder Ejecutivo, algo que hasta ahora no estaba contemplado.
El miembro informante además detalló que la actualización de esta normativa es una medida necesaria para adaptar la regulación del Centro Cívico a las necesidades actuales, promoviendo un desarrollo sostenible y ordenado en una de las zonas más emblemáticas de la ciudad.
Desde su promulgación en 1965, la ciudad ha experimentado importantes transformaciones que han redefinido las necesidades del Centro Cívico. Con esta modificación, se establece que la Municipalidad de Mendoza tendrá mayor control en la planificación y ejecución de políticas urbanísticas, lo que permitirá atender mejor las demandas de los vecinos y optimizar el uso de los recursos.
Entre los principales cambios, se sustituye el artículo 2° de la Ley 3401, estableciendo que toda construcción en terrenos de dominio público dentro del Centro Cívico deberá contar con la aprobación de la Municipalidad de Mendoza, en lugar del Poder Ejecutivo provincial. Además, las obras en predios privados se regirán por las normativas municipales de uso del suelo y planificación urbana.
El artículo 4° también fue modificado, definiendo las competencias de la Municipalidad, que incluirán el poder de policía de tránsito, la regulación del sistema de estacionamiento medido y la administración de servicios municipales dentro del área. En tanto, la Provincia de Mendoza continuará a cargo del mantenimiento del arbolado público, los espacios verdes, el alumbrado y la limpieza de calles y veredas.
Asimismo, la modificación del artículo 6° refuerza la protección del patrimonio público del Centro Cívico, prohibiendo la venta o cesión de bienes de dominio provincial dentro de la zona, salvo para la instalación de dependencias oficiales. Sin embargo, se permitirá la realización de espectáculos deportivos, culturales y artísticos con autorización del Poder Ejecutivo.
Con esto, se busca equilibrar el desarrollo constructivo con la conservación del paisaje y el medio ambiente, garantizando que cualquier intervención urbanística preserve la identidad del Centro Cívico.
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