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Analizan prórroga de la ley de regularización y cancelación anticipada de viviendas del IPV

Publicada el 21 agosto, 2024

Fue abordada en plenario de las comisiones de Hacienda y LAC, junto a representantes del IPV. La propuesta, que modifica la Ley 9378, apunta a facilitar la escrituración definitiva y optimizar los procesos administrativos, beneficiando a más de 2.000 adjudicatarios en la provincia.

prórroga de la ley de regularización dominial y cancelación anticipada de viviendas del IPV

En una reunión conjunta de las comisiones de Hacienda y Presupuesto y de Legislación y Asuntos Constitucionales del Senado, presidida por la senadora Ángela Floridia, se discutió el proyecto del Poder Ejecutivo que busca prorrogar y modificar la Ley 9378. La ley se centra en la regularización dominial y la cancelación anticipada de viviendas adjudicadas por el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV). Participaron en la reunión el titular del IPV, Gustavo Cantero, y su equipo, quienes expusieron los motivos y objetivos de la propuesta.

La senadora Floridia abrió la reunión destacando la relevancia del proyecto que aborda la prórroga y modificación de la Ley 9378. Resaltó que el objetivo principal de la propuesta es mejorar la regularización nominal y la cancelación anticipada de bienes.

Luego, Gustavo Cantero, titular del IPV, explicó que la prórroga de la ley y las modificaciones propuestas buscan adaptar la normativa a las condiciones económicas actuales. Según el funcionario, la ley original, sancionada en 2022, ha sido efectiva en la regularización y escrituración de viviendas adjudicadas bajo una realidad económica diferente. La prórroga permitirá incluir créditos que no fueron contemplados anteriormente, con el fin de ajustar la cartera del IPV a una situación más manejable y mejorar el recupero de créditos.

Cantero además subrayó que el gobernador Alfredo Cornejo ha solicitado la continuidad de las políticas de vivienda, destacando la importancia de mantener un sistema que apoye tanto la regularización de créditos como la ejecución de nuevas políticas de vivienda.

Posteriormente, Miguel Campoy, del área de Regularización Dominial y Seguimiento de Créditos del IPV, resaltó que el objetivo del Instituto, es garantizar que los adjudicatarios se conviertan en propietarios con todos los papeles en regla. Explicó que el proceso de escrituración a menudo se retrasa debido a la urgencia en la entrega de viviendas y la complejidad de los requisitos legales. La ley propuesta busca agilizar este proceso y permitir una regularización más efectiva.

Rodrigo Giménez, secretario Administrativo del IPV, aportó datos sobre la implementación de la ley anterior, revelando que, hasta marzo de este año, se realizaron 21,446 cancelaciones, de las cuales el 98.66% se benefició de la Ley. Explicó que esta normativa ha sido eficaz, pero los costos asociados con la recuperación de créditos morosos son altos. La propuesta de modificación busca reducir la cartera de créditos morosos y optimizar los recursos del Estado.

Finalmente, la senadora Natacha Eisenchlas solicitó información adicional sobre el impacto de la ley anterior, preguntando cuántas familias se beneficiaron y cuáles son las proyecciones para la nueva ley. Se informó que, de un universo de 25,000 familias beneficiadas, el 60% recibió apoyo bajo la ley anterior, y se espera que el 75% de la cartera actual también se beneficie. Ante esta respuesta la legisladora radical destacó esta normativa que busca reducir los costos asociados con la notificación y recuperación de deudas, mejorando así la eficiencia del sistema y la política de vivienda en la Provincia.

Luego de las palabras de cada uno de los asistentes, los integrantes de ambas comisiones resolvieron firmar el despacho, para que el proyecto sea tratado el martes próximo, durante la sesión del Senado.

Aspectos principales del proyecto

La iniciativa propone ampliar los beneficios previstos en la Ley 9378 para aquellos adjudicatarios de créditos, viviendas o soluciones habitacionales cuyo inicio de recupero sea hasta el 30 de noviembre de 2017. Según el texto del proyecto, esta disposición podría alcanzar a 2.151 posibles beneficiarios, aunque solo 795 de ellos presentan un costo definitivo, mientras que 1.356 aún tienen un costo a determinar.

Para los casos en los que el costo de las viviendas ya ha sido determinado, el proyecto extiende los beneficios establecidos por la Ley 9378 a todos aquellos cuya fecha de inicio de recupero sea hasta el 30 de noviembre de 2017. Por otro lado, para los casos de costo provisorio, se establece que las viviendas que aún no tienen un costo definitivo y sobre las cuales el IPV mantiene el dominio, requieren una solución.

El proyecto también aborda la terminación de créditos, indicando que existen créditos con saldos a cancelar que son de escasa cuantía, lo que genera desinterés por parte de los titulares en acogerse a los beneficios de la ley. Mantener esta cartera crediticia, según se explica, resulta más costoso en términos administrativos que lo que se pretende recuperar.

Modificaciones propuestas

La iniciativa introduce cambios en los artículos 13°, 13° bis, y 14° de la Ley 9378. Entre las modificaciones se incluye un régimen de cancelación anticipada para los beneficiarios que adhieran, con quitas que varían según el saldo de capital y la mora:

  • Hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM): Quita del 60% si se cancela en un único pago.
  • Viviendas otorgadas hasta el 31 de diciembre de 2005: Quita del 50% si se cancela en un único pago.
  • Viviendas otorgadas entre el 1 de enero de 2006 y el 30 de noviembre de 2017: Quita del 40% si se cancela en un único pago.

Además, quienes estén al día con sus pagos recibirán un 10% adicional en la quita.

El proyecto también introduce el Artículo 13° bis, que faculta a la Autoridad de Aplicación a cancelar en pesos los créditos cuyo saldo sea menor o igual al 30% del SMVM. En estos casos, los beneficiarios deberán abonar un arancel del 15% del SMVM vigente al momento de la escritura o la cancelación de la hipoteca.

Finalmente, se establece que los beneficios podrán ser solicitados hasta el 31 de marzo de 2026, con la posibilidad de prorrogar el plazo hasta el 31 de marzo de 2027.