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Avalaron la suspensión de todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias

Publicada el 5 diciembre, 2023

La iniciativa propone que estos deudores, no estén obligados a realizar de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial, mientras el primero lleve adelante las labores que le encomendara la Ley N° 8.182. Pasó a Diputados en revisión.

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Este martes fue aprobado en el recinto legislativo, una iniciativa tomada por la senadora Natacha Eisenchlas quien oficiaba durante el período anterior como Presidenta Provisional del Senado, que busca suspender todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre deudas hipotecarias cuyos titulares estén comprendidos en el Art. 2º de la Ley 8182, hasta el 31 de diciembre de 2024. Al ser aprobado por unanimidad, pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

El senador Martín Kerchner dio los detalles de la propuesta en tratamiento en el recinto. Luego la senadora Adriana Cano y sus parres Dugar Chappel y Germán Vicchi pusieron en valor el trabajo que se viene haciendo con respecto a este tema en la Legislatura mendocina.

Es importante destacar que este proyecto se presenta en los términos del Artículo 122 bis del Reglamento Interno de esta Honorable Cámara de Senadores y es suscripto por la anterior Presidenta Provisional del Senado (Natacha Eisenchlas), en cumplimiento de lo establecido por esta norma y al sólo efecto de habilitar su tratamiento.

Cabe señalar de este proyecto fue elevado a la Honorable Legislatura por MODEVIFA (Movimiento en Defensa de la Vivienda Familiar); con la firma de Ernesto D. Páez y Luis Toneatti.

“El presente proyecto de Ley tiene por finalidad suspender todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos por el artículo 2° de la Ley N° 8.182, hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2.024”, reza fragmento de la propuesta.

La situación de quienes suscribieron hipotecas con objeto de vivienda única familiar, luego de la crisis del 2001, se vieron imposibilitados de hacer frente a las obligaciones asumidas y por ello se genera un conflicto que promueve la preocupación legislativa.

En consecuencia, se promulgaron numerosas normas para la protección de derechos. En Mendoza se sancionaron las leyes 8005, y 8182, que establecieron métodos de acción y prioridad para la salvaguarda de aquellos deudores hipotecarios que, superados por razones económicas y el devenir de los juicios tuvieron la oportunidad de ser alcanzados con la protección debida.

En la ley 8182, que comprende a los deudores hipotecarios, en su artículo 3 determina la suspensión de todo trámite de ejecución de sentencias que recaigan sobre las deudas hipotecarias por el término de trescientos sesenta y cinco días corridos a partir de la fecha de promulgación de aquella Ley. La Legislatura de Mendoza ha ido prorrogando dicha prerrogativa de manera sucesiva y sin interrupción a través de distintas leyes.

“El presente proyecto de ley busca darle continuidad a dicho beneficio para los deudores hipotecarios y prorrogarlo hasta el 31 de diciembre de 2024”, destacan desde el Movimiento en Defensa de la Vivienda Familiar.