Publicada el 1 noviembre, 2022
Durante la sesión de hoy, el Senado de Mendoza aprobó una iniciativa impulsada por el diputado Emanuel Fugazzotto, que promueve modificar la Ley de Arraigo prorrogando los plazos previstos hasta diciembre de 2023.
El senador Marcelo Rubio fue el miembro informante de la propuesta. «Esto es para todos aquellos puesteros que tienen años de posesión sobre estas tierras y viven de esa explotación en los criaderos. La mayor cantidad de familias viven en departamentos del sur de la Provincia. Es necesario darle prorroga a esta propuesta en cuestión», detalló.
Al ser sometido a votación, la propuesta fue aprobada por unanimidad, por lo que fue remitida al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.
Esta modificación que plantea el proyecto, establece que el artículo 1 de la Ley 9297 quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 1 – A los efectos previstos por el artículo 39 de la Ley 6.086, amplíese hasta el 31 de Diciembre de 2.023 la suspensión de los procesos iniciados, cualquiera fuera su estado, incluidos aquellos que se encuentren en ejecución de sentencia”. La prórroga prevista en la legislación vigente expiraba en Diciembre de 2022, de allí la necesidad de establecer un nuevo plazo.
En la fundamentación del expediente se sostiene que “en noviembre de 1.993 fue sancionada la Ley 6.086, comúnmente conocida como de “Arraigo de Puesteros”, y reglamentada por el Decreto 594 del 31 de Mayo de 1.996. Dicha norma en su artículo 39 establecía la “suspensión por dos (2) años de todo proceso de desalojo, títulos supletorios, cuya finalidad sea la modificación de situaciones de ocupación efectiva, tenencia, o determinación de derechos, sobre los inmuebles de dominio privado del Estado o de particulares, incorporados o que se incorporen en el futuro al programa previsto en la presente ley, cualquiera sea su estado, aún cuando se hallen en trámite de ejecución de sentencia”.
Hasta la fecha, no se ha podido “regularizar la situación dominial de muchos puesteros que poseen en precario la tenencia de las tierras a las que las que la ley refiere”, señala el Fugazzotto, por lo que “los plazos que establece ese artículo han sido prorrogados en sucesivas ocasiones”, siendo su última prórroga la establecida por la Ley 9297.