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Mendoza Activa: incorporan la producción agrícola – ganadera

Publicada el 1 septiembre, 2020

La propuesta fue impulsada por el diputado Jorge López con la intención de que las actividades asociadas a establecimientos industriales, de servicios y los dedicados a la producción agrícola-ganadera, sean incorporadas a la Ley. Pasó al Ejecutivo.

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Durante la sesión realizada hoy, Senadores aprobaron la propuesta presentada por el diputado radical, Jorge López, que modifica la Ley 9243 –  Mendoza Activa. De esta manera se incorpora en el apartado de Construcción, las actividades asociadas a establecimientos industriales, de servicios y los dedicados a la producción agrícola-ganadera. La iniciativa fue impulsada con la finalidad de incentivar también a este sector de la economía local.

Durante el tratamiento en el recinto, Alejandro Diumenjo, presidente del bloque radical expresó: «Quiero agradecer a todas las fuerzas por este tratamiento. En el rubro construcción estaba indicado para casas particulares y negocios; esto se amplía para la industria y las actividades ganaderas. Solicito que se ponga en consideración el texto de media sanción de la Cámara de Diputados».

Por su parte, desde el bloque Frente de Todos- PJ, la senadora Natalia Vicencio adelantó el acompañamiento a la propuesta: «Vamos a seguir acompañando cada una de las propuestas, pero pedimos que las mismas se pongan en funcionamiento».

Luego, el proyecto se sometió a votación por lo que fue aprobado por 34 votos afirmativos y uno negativo. Éste pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación.

De esta manera, el Programa Mendoza Activa reintegrará, a quienes adquieran la calidad de beneficiarios, aquellas erogaciones que, hasta el límite de las autorizaciones previstas por la Ley 9243, sean realizadas por personas humanas o jurídicas en las actividades de Agricultura, Industria, Comercio y Servicios y Construcción, incluyendo en este último punto todo lo concerniente a materiales, servicios técnicos, mano de obra y obras llave en mano afectados a la construcción, ampliación y refacción de unidades habitacionales, locales comerciales, establecimientos industriales y dedicados a la producción agrícola-ganadera y de servicios.

“A fines del mes de Julio y principios de Agosto se daba sanción en esta Legislatura a la ley N° 9243 denominada Mendoza Activa, en la que se establecían las condiciones para acceder a los mencionados beneficios en el texto de la ley. Una de las actividades económicas a las que se pretende incentivar, por los beneficios que la misma significa para la actividad económica en general, es la construcción”, señala López en la fundamentación.

“En la redacción del art. 2° se incorporan las construcciones habitacionales y locales comerciales, pero no se habían incorporado los establecimientos destinados a las actividades industriales, de servicios y dedicados a la producción agrícola-ganadera”, añade.