Publicada el 11 marzo, 2020
Se desarrolló una reunión conjunta entre las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) y Hacienda y Presupuesto para debatir el proyecto del Ejecutivo presentado por el gobernador Rodolfo Suarez, sobre la prohibición de equiparación de cargos y/o retribuciones al personal del Estado provincial. La propuesta se debatirá el martes que viene en la sesión del Senado.
“Como es de conocimiento, ha tomado estado público recientemente la situación de un grupo de empleados que se han visto beneficiados con la inclusión en un régimen salarial que difiere de las tareas que efectivamente desarrollan”, señala el proyecto.
Por su parte, el legislador Marcelo Rubio dijo: “Entendemos que a esto hay que ponerle un límite así lo entiende el Poder Ejecutivo y el gobernador de la Provincia que quiere darle un ordenamiento a todo esto, tratar de sacar ciertas situaciones ilegales que se han presentado”.
Además, el texto suma: “Con el afán de terminar con situaciones irregulares en el seno del Estado -que no hacen más que alejar a la ciudadanía del ámbito natural de su representación-, se impone la necesidad de profundizar los procesos de transformación para avanzar hacia un modelo estatal eficiente, donde los recursos de los contribuyentes se traduzcan en más y mejores servicios, al menor costo posible”.
El proyecto de ley señala: “Establécese que ninguna norma o disposición podrá equiparar retribuciones por funciones y/o tareas distintas a las efectivamente prestadas por funcionario, empleado o contratado, bajo cualquier modalidad, que preste servicios en el ámbito del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, abarcando la Administración Pública Central Provincial, incluyendo sus reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas, cuentas especiales o sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria”. En un mes, todos los organismos del Estado deberán regularizar la situación
“Suprímanse los cargos equiparados a magistrados en el Poder Judicial de la Provincia, con excepción de los funcionarios incluidos en Planilla Anexa N° 2-A de la Ley N° 4322, y siempre que hayan estado cumpliendo las funciones jurisdiccionales allí descriptas al 1 de febrero de 2020.
En un plazo máximo de 30 días a partir de la publicación de la presente, todos los organismos del Estado descriptos en el artículo 1º, deberán adecuar las situaciones irregulares existentes a lo dispuesto en el mismo, por imperio de esta ley”, agrega el documento.
Por otro lado, señala: “Autorícese a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de aplicar la presente ley, debiendo cumplir lo ordenado en el plazo de 30 días desde su publicación”.
Para descargar el proyecto de ley completo, hacer clic aquí.