Publicada el 3 mayo, 2018
03/05/2018-
En el salón de los Pasos Perdidos de la Legislatura Provincial, hoy se realizó el lanzamiento oficial de la campaña de concientización sobre Grooming. La iniciativa es llevada a cabo por la Casa de las Leyes y la empresa de Transporte El Cacique SA.
La campaña surge con la convicción de unir esfuerzos tanto del sector público y privado. De esta manera, desde la Dirección de Relaciones Institucionales de la Legislatura y la firma local presentaron un video que fue elaborado por actores de LegisArte.
De la actividad participaron el secretario Legislativo Diego Seoane, el secretario Administrativo Leonardo Gonzalez Luque, el presidente de El Cacique Sergio Pensalfine, el Fiscal de la Unidad de Delitos Económicos; Sebastián Capizzi, Bárbara Peñaloza de la ONG Conciencia en Red, las senadoras Ana Sevilla, Daniela García y Mariana Caroglio, de la Oficina de Relaciones Institucionales Silvia Sorichetti, el director de Transporte Carlos Matilla y por parte de la Procuración General Roxana Dottori, entre otras autoridades.
¿Qué es el Grooming?
Se llama Grooming a la acción deliberada de un adulto de acosar sexualmente a un niño o niña mediante el uso de Internet. Siempre es un adulto quien ejerce el Grooming. Un adulto trata de engañar a un menor para poder conseguir fotos, videos o incluso coordinar un encuentro.
Dicho engaño se puede dar a través de cualquier medio digital que permita la interacción entre dos o más personas, como redes sociales, correo electrónico, mensajes de texto, sitios de chats, páginas de juegos en línea, entre otros.
Cuando se limita al entorno digital, como envío de fotos íntimas o grabación de contenidos de la cámara web, el menor podría sufrir traumas psicológicos como víctima de la manipulación y las consecuencias sobre la privacidad en caso que dichos contenidos sean publicados.
En caso que se concrete un encuentro cara a cara, las consecuencias podrían ser ya de carácter físico, pudiendo llegar incluso al abuso sexual.
Este delito se encuentra tipificado en el art 131 del código Penal que indica: “Artículo 131: Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
Exposiciones
El secretario Legislativo Seoane priorizó el papel de la Vicegobernadora en este tipo de acciones desarrolladas por la Legislatura. “Destacó en lo personal que desde hace mucho tiempo venimos trabajando en la Responsabilidad Social Empresarial. Mucho de eso se ha hablado en un montón de aspectos y de temas, pero que tal vez muy pocas veces se concretó. Este es un caso puntual donde la RSE es tangible y visible a través de la conjunción de lo público y privado”, comentó.
Por su parte, Sorichetti de la Oficina de Relaciones Institucionales señaló que es primordial el trabajo en conjunto por parte del Estado con empresas privadas.
“Agradecemos a los actores que participaron del video, Rubén Antinori de LegisArte. Distintas áreas colaboraron en esta propuesta. Queremos continuar con esta campaña de prevención, esto será el puntapié inicial de una iniciativa que llevaremos adelante en territorio. Nuestra Vicegobernadora lamentablemente no pudo asistir pero está muy comprometida con esto”, precisó.
Asimismo Sergio Pensalfine comentó: “Somos servidores públicos y estamos a disposición de la sociedad. Estamos todo el día en las calles de Mendoza, en el lugar donde pasan las cosas. Diferentes formas de delito que forman una parte inexplicable de la conducta humana. Hay que denunciar, exponer y sacar la problemática a la luz. Nosotros estamos a disposición como empresa. Creo que se lo debemos a la sociedad, le sacamos un montón de cosas, algo tenemos que devolverles”.
Asimismo, el fiscal Sebastián Capizzi explicó que el Grooming fue incorporado al Código Penal a fines de 2013. El artículo 131 estipula prisión de 6 meses a 4 años para «el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma».
Finalmente, Bárbara Peñaloza de la ONG Conciencia en Red explicó: “Es un delito que debe ser denunciado. Consiste en el abuso sexual que se caracteriza por el medio en el que se realiza que es el medio digital. Es el contacto de un adulto con un niño, niña o adolescente mediante engaños con el fin último que es de índole sexual. Puede consistir en la obtención de videos o fotos de contenido erótico o puede terminar en un encuentro personal que finalice en un abuso sexual”.