08/08/2017-
La Cámara de Senadores de la provincia aprobó el proyecto de Ley de Ética Pública, que propone un marco regulador para las declaraciones juradas de los patrimonios de los funcionarios. La iniciativa de los senadores Daniela García, Ernesto Mancinelli, Jorge Palero y Raúl Ferrer establece como punto principal que la declaración jurada ante la Fiscalía de Estado deberá realizarse dentro de los 60 días hábiles, desde la asunción de sus cargos, con actualizaciones anuales. La normativa contó con 31 votos afirmativos y 2 negativos.
En mayo de 2016, la Vicegobernadora Laura Montero presentó en la Legislatura los puntos centrales de la propuesta de ética pública acompañada por el ex titular de la AGN, Leandro Despouy, y los legisladores provinciales responsables de la ley aprobada hoy en la Cámara alta.
La normativa, establece un régimen específico de declaraciones juradas que comprenderá a funcionarios de los tres poderes del Estado, los Municipios, Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y Superintendencia General de Irrigación, entre otros.
Quedan también incluidos en este régimen, los sindicatos, esto es, “autoridades de organizaciones sindicales con o sin personería gremial que ostenten la representación de empleados de los Poderes del Estado Provincial y/o Municipal, sus entes descentralizados y demás organismos públicos enumerados en el presente artículo, empresas, sociedades y otros entes del Estado o con participación estatal” y “todo miembro de organizaciones sindicales que perciban el pago de su licencia gremial por parte del Estado”.
Asimismo, los Proveedores y Contratistas, esto es, “las personas humanas y las personas jurídicas privadas, nacionales y extranjeras, que sean titulares de concesiones de servicios públicos y/o las que en el año calendario anterior hubieran sido titulares de contrataciones otorgadas por los organismos que conforman el Sector Público Provincial a que se refiere el Art. 4° de la Ley Nº 8.706, cuyo monto de contratación supere en su conjunto la cantidad de sesenta (60) veces el monto máximo para contratación directa que fije anualmente la Ley General de Presupuesto. Deberán presentar la declaración jurada dentro de los sesenta (60) días de la adjudicación y de acuerdo a lo que establezca la reglamentación. Su incumplimiento autorizará a solicitar a la Autoridad de Aplicación la suspensión en el Registro de Proveedores del Estado”.
En lo concerniente a acceso a la información, se establece que “las declaraciones juradas patrimoniales son públicas y su contenido puede ser consultado por cualquier persona con la sola condición de su identificación”.
Asimismo, señala que “la persona que acceda a una declaración jurada mediante el procedimiento previsto en esta ley, no podrá utilizarla para:
1- Cualquier propósito comercial, exceptuando a los medios de comunicación y noticias para la difusión al público en general;
2- Determinar o establecer la clasificación crediticia de cualquier individuo;
3- Efectuar en forma directa o indirecta, una solicitud de dinero con fines políticos, benéficos o de otra índole”.
Las declaraciones juradas deben presentarse ante la autoridad de aplicación, para lo cual se crea en el ámbito de la Unidad Legislativa dependiente del Senado de la provincia, la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública como órgano técnico e independiente, con autonomía funcional, financiera y presupuestaria encargado de los registros y las investigaciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente ley. Esta Oficina, estará a cargo de un Auditor que será designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.
También se dispone que las declaraciones juradas deberán acumularse sucesivamente y conservarse por lo menos cinco años con posterioridad al egreso efectivo del funcionario.
Debate
La senadora Daniela García habló sobre el tratamiento de la iniciativa, también explicó las modificaciones que fueron enviadas por la Cámara de Diputados.
Subrayó que para la redacción del proyecto se tomaron, entre otras, bases establecidas por organismos internacionales como la Organización de los Estados Americanos (OEA) y también algunos principios de la Ley Nacional contra la Corrupción. Uno de los puntos que se establece es un método comparable de valuación de los bienes de los funcionarios, con el fin de que haya “transparencia” y “acercamiento al ciudadano”.
“Entendemos que es un proyecto muy importante, en la actualidad hay un reclamo social para mayor transparencia. Tenemos algunas salvedades en distintos puntos que ya las mencionaremos con respecto a esta normativa. Vamos a apoyar este proyecto de ley”, explicó María José Ubaldini.
Noelia Barbeito se refirió a este proyecto durante el tratamiento en el recinto. “Criticamos que el control de las declaraciones juradas queda en manos de los propios funcionarios. No vamos a acompañar este proyecto, adelanto mi voto negativo”, señaló.