20/12/16-
La Cámara de Senadores aprobó las siguientes iniciativas:
Suspenden los trámites de sentencias que incurran sobre las deudas hipotecarias hasta el 31 de diciembre del 2017
Durante la sesión realizada hoy, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que viene en revisión de Diputados y que suspende todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias, cuyos titulares estén comprendidos por el Artículo 2 de la Ley 8.182, hasta el 31 de diciembre de 2017.
Dicho proyecto fue aprobado en general y en particular, por lo que pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
La norma presentada por la diputada Silvia Ramos explica que dicha ley es de Orden Público y de cumplimiento obligatorio respecto a los deudores hipotecarios comprendidos en la Ley 8.182.
Estos deudores no están obligados a la realización de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial mientras el primero lleva adelante las labores que le encomendara la Ley 8.182, ni la ausencia de ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas.
Sus autores fundamentan que la provincia de Mendoza prestó especial atención a la solución de los daños sociales y económicos causados por la crisis ocurrida a partir de los años 2.000.
Fue así que oportunamente se sancionaron las leyes 7.684, 8.005 8.182 y las sucesivas que, terminando en la 8.814 vinieron a dar un marco y respaldo para permitir a los deudores hipotecarios que honraran sus deudas.
Por ello se determinó que las liquidaciones deben realizarse según la ya señalada 7.684 y menos puede culparse a los deudores o exigírseles la realización de trámites administrativos tendientes al logro de su regularización definitiva cuando la norma los sujetaba a la acción previa que debe realizar el Poder Ejecutivo y a perder sus derechos sólo si dejaban caer el plazo “después de ser informados por este del estado de su causa y del monto de la liquidación correspondiente”. AÚN EN ESE MOMENTO, SI NO ESTABAN EN CONDICIONES DE HACER UN PAGO FINAL PODÍAN OPTAR POR RENOVAR EL MUTUO.
Es decir, el espíritu de la ley 8.182, ley, que no fue redactada para ser reglamentada, específicamente establecía pasos sucesivos, y plazos que el Poder Ejecutivo no pudo cumplir y corre hoy el peligro de no alcanzar los fines con que, sin embargo, fue captada por Juzgados, algunas Cámaras y en ocasiones por la SCJ.
Senadores modifican diversos artículos del Código de Faltas
Por propuesta del senador Marcelo Rubio, la Cámara Alta aprobó la modificación de diversos artículos de la Ley N° 3.365, del Código de Faltas. De esta manera, pretenden prevenir y reprimir la explotación u organización de juegos de azar tanto los no autorizados por la autoridad competente como lo Explotados u organizados sin la debida autorización. El proyecto pasa a la Cámara de Diputados en revisión.
El Código de Faltas prevé penas para este tipo de actividades, sin embargo con esta modificación se busca agravar las sanciones de estas acciones ilegales, por el desarrollo de grupos u organizaciones que, en diferentes niveles la sociedad, lucran con la explotación del juego ilegal. La norma dota al Poder Judicial y a la Policía de la provincia de instrumentos jurídicos, para contener el auge de esta actividad
De esta manera, se modifica el artículo 66 de la Ley 3.365, que contempla que se impondrá un arresto de sesenta días y una multa de 5.000 UF como mínimo, a 15.000 UF como máximo, al que explotare u organizare juegos de azar en las condiciones indicadas en el artículo 69 sin expresa autorización de la autoridad competente.
Además se agrega el artículo 66 BIS de dicha Ley, que contempla que se impondrá arresto de 30 a 60 días y una multa de 15.000 UF como mínimo a 30.000 UF como máximo, al que admita la participación de menores de 18 años, como jugadores o apostadores en juegos de azar o los que indujeren a participar en dicho juego.
También se agrega el artículo 67 BIS que se refiere a la inhabilitación para quienes ocupen empleos o cargos públicos por el término de 2 a 4 años, que sean empleados o funcionarios públicos provinciales, y falten a la obligación de su cargo, o dejen de promover la persecución y/o represión de las infracciones de la presente Ley.
Se agrega además el artículo 67 TER que comenta que se una persona incurriese en una infracción, fuera agenciero, concesionario, licenciatario de juegos de azar autorizados, se impondrá la pena de arresto y multas previstas en el artículo 66 BIS, apartado segundo.
Asimismo, se fijan multas y penas para quienes participen en la explotación u organización de juegos de azar ilegales, y para quien promocione o publicite dichos juegos.
Link descaraga audio Rubio – Modificamos las sanciones por el Juego Clandestino
Los establecimientos educativos contarán con un Régimen Especial de Contrataciones para infraestructura
El Senado convirtió en ley la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, que crea un Régimen Especial de Contrataciones para la reparación ampliación instalación mantenimiento conservación estudios complementarios y servicios conexos a realizar en los establecimientos educativos dependiente de la Dirección General de Escuelas.
La senadora Mariana Caroglio informó que este es un pedido expreso de los directivos de los distintos establecimientos educativos de la Provincia. Y añadió: “En las reuniones mantenidas semanas atrás, nos solicitaron que Mendoza cuente con un Régimen Especial de contrataciones de hasta 2 millones de pesos”.
La ley autoriza al Ejecutivo para que, a través de la Subsecretaría de Infraestructura Social Básica dependiente del Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, y de la Dirección General de Administración de la Dirección General de Escuelas, se aplique el régimen especial que establece que se informe a las Comisiones de Hacienda y Presupuesto de ambas Cámaras Legislativas los resultados alcanzados cuatrimestralmente, detallando, edificios escolares, tipo de reparación, monto y empresa, para cada una de las contrataciones.
La ley faculta además a implementar el procedimiento de contratación directa, como excepción al régimen general de contrataciones previsto en el Artículo 139 de la Ley 8.706, por un monto de hasta $ 2.000.000 por cada edificio escolar, cuyo trámite de contratación podrá realizarse en forma individual o por grupo de edificios, previa invitación a tres proveedores y compulsa de precios.
Link de descarga audio Caroglio – Régimen especial de contrataciones para reparación de escuelas
Link de descarga audio Fadel – No estamos en desacuerdo, pero no tiene plazos
Link de descarga audio Palero – Los 2 millones son para cada escuela
Link de descarga audio Agulles – Le estamos dando prácticamente un cheque en blanco
Link de descarga audio Najul – El lugar donde se enseña debe estar en condiciones
Los espacios públicos deberán contar con desfibriladores automáticos donde exista una gran afluencia de personas
La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley propuesto por la senadora Ana Sevilla, en el que solicita se apliquen que la Provincia un desfibrilador externo automático (DEA) en los espacios públicos, donde exista una afluencia de público media diaria que alcance o supere las 1.000 personas.
Esto incluye salas de cines, teatros y otros locales de espectáculos públicos, sitios de juego de azar, bingos, casinos, parques recreativos, estadios, anfiteatros, terminales de transporte de pasajeros, entidades bancarias, establecimientos educativos, hoteles, edificios, barrios privados, balnearios, establecimientos estatales y reparticiones públicas, ambulancias y centros sanitarios que no cuenten con un desfibrilador manual, salas de conferencia. Acontecimientos, exposiciones y/o eventos deportivos, educativos, religiosos, sociales o culturales.
El DEA se deberá mantener en condiciones aptas de funcionamiento y convenientemente exhibido de acuerdo a las normas vigentes de higiene y seguridad, facilitando el acceso para su uso de manera tal que, en caso de necesidad de las personas que por allá transiten o permanezcan pueda accederse a la desfibrinación en un plazo menor a 3 minutos.
Los espacios públicos deberán contar en todo momento con 2 o más personas capacitadas en maniobras de RCP y técnica de uso de los DEA. Estos serán responsables de la instalación y del mantenimiento de los desfibriladores, así como de asegurar el entrenamiento en RCP y uso del DEA a su personal, quienes exploten o administren, a cualquier titulo, los bienes, locales o espacios aludidos en el artículo 1. Dicha capacitación deberá ser prestada, a su costo, por quienes provean o comercializan dicho instrumento.
Crean un Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo
La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley de autoría de la senadora Daniela García y del senador Ernesto Mancineli, con el propósito de modificar de la Ley 6832 por la que se crea el “Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA), con el carácter de persona Jurídica de Derecho Público no Estatal.
A través de la modificación, sus autores pretenden volver más eficiente el organismo, en pos del cumplimiento de los objetivos planteados al momento de su creación, es decir: “promover la producción, competitividad y promoción del ajo y sus derivados, desarrollar estrategias de mediano y largo plazo para el crecimiento económico del Sector y coordinar e integrar las acciones del Sector haciendo mas eficiente su desarrollo”.
El patrimonio del Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA) se formara con los siguientes recursos:
a)- Una contribución obligatoria impuesta a los establecimientos empacadores de ajo inscriptos en el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de Mendoza (I.S.C.A.Men.), del valor que decida el Consejo de Administración del Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA), con el voto de la mayoría absoluta de sus miembros, previo al inicio de cada temporada que se dará por comenzada el primero de octubre de cada año. El monto será un porcentaje del precio por cada kilogramo de ajo que se transporte fuera de la Provincia, cualquiera sea su forma de empaque, a partir de la temporada 2016/2017, pagada con anterioridad a la salida del producto del territorio provincial.
Los comprobantes que acrediten el pago de la contribución serán intervenidos en cada caso por el personal de Barreras Fitozoosanitarias del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de Mendoza (I.S.C.A.Men.), ó de quien, en su caso, disponga el Consejo de Administración del Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA). La falta de pago de la contribución obligatoria o el pago inferior del monto que corresponda será motivo suficiente para impedir la salida del producto de la frontera provincial.
La recaudación de las contribuciones obligatorias indicadas en la primera parte del presente Inciso estará a cargo del Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA) y en el marco de las facultades y atribuciones que le han sido otorgadas, se encuentra habilitado para proceder al cobro compulsivo de las mencionadas contribuciones, frente a los incumplimientos de los obligados a dichos pagos, pudiendo en tales casos, emitir los correspondientes boletos de deuda en los términos y con los alcances previstos en el Código Fiscal de la Provincia de Mendoza.
b)- Los aportes voluntarios que, por cualquier causa o título, realicen los Estados Nacional, Provincial y Municipal, como también los que efectúen los particulares y las demás entidades Públicas y Privadas, de carácter Nacional o Internacional, siempre que sean aceptados por el Consejo de Administración del Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA).”
Además, la propuesta pretende modificar el artículo 4 de la Ley Nº 6832 el que quedará redactado de la siguiente forma: “El Fondo de Integración y Desarrollo del Ajo (FIDA) estará administrado por un Consejo de Administración presidido por Un(1) representante del Sector Privado que tendrá a su cargo el manejo de los recursos previstos en la presente ley. Además la norma fija de qué manera estará conformado.
Modifican diversas leyes relacionadas al Poder Judicial y a la Administración Central
La Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley venido del Poder Ejecutivo que modifica artículos de diversas leyes relacionadas con la labor del Poder Judicial y de la Administración Central, como también con dar cumplimiento a lo dispuesto por la Legislatura mediante la sanción de la Ley Nº 8.928. Dicha propuesta vuelve a la Cámara de Diputados en revisión.
El proyecto viene a dar claridad modificando el artículo 20 de las Ley 8930, por lo que quedará redactado de la siguiente manera: “Afectación de la tasa de justicia y de otros Recursos para el Poder Judicial. Aféctase el cien por ciento (100%) de la Tasa de Justicia para atender gastos de funcionamiento del Poder Judicial. Dicho porcentaje se distribuirá de la siguiente manera: sesenta y cinco por ciento (65%) para la Suprema Corte de Justicia, Jury de Enjuiciamiento, Junta Electoral y Consejo de la Magistratura; el treinta por ciento (30%) al Ministerio Público Fiscal y el cinco por ciento (5%) restante al Ministerio Público de la Defensa y Pupilar. Los porcentajes deberán ser transferidos a partir de la vigencia de la presente norma”
En el mismo sentido, se sustituiría el Artículo 52 de la Ley Nº 8.838, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Facultad de delegar del Poder Judicial en sus autoridades máximas la realización de modificaciones presupuestarias. Facúltese a las autoridades máximas del Poder Judicial, al Procurador General y al/a Defensor/a General a delegar en el funcionario con competencia de la Suprema Corte, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa y Pupilar, respectivamente, la disposición de las modificaciones presupuestarias en su Jurisdicción, en las condiciones previstas en la presente ley, con comunicación al Ministerio de Hacienda y Finanzas.”
Por último, se reemplaza el Artículo 49 de la Ley Nº 8.530, de carácter permanente según disposición del artículo 80 de la Ley Nº 8.701, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Tratamiento de los Remanentes de Ejercicios Anteriores de Recursos Afectados Provinciales – Producido el cierre y presentada la cuenta al Tribunal de Cuentas la Contaduría General de la Provincia informará al Poder Ejecutivo, Ministerio de Hacienda y Finanzas, los remanentes de ejercicios anteriores de recursos afectados producidos al cierre del ejercicio anterior, concordante con la información suministrada al Tribunal de Cuentas sobre el particular. Dichos remanentes (excepto los correspondientes al Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal y Ministerio Público de la Defensa y Pupilar) se incorporarán al crédito vigente, como remanente de rentas generales deducido el importe que esté destinado a cubrir la Deuda Flotante, reapropiamientos (diferencia entre definitivo y devengado), gastos vinculados con personal, transferencias a municipios y los correspondientes al gobierno nacional. La reglamentación fijará para estos casos la metodología y alcance de lo dispuesto en el presente párrafo y el procedimiento a seguir para los remanentes de recursos afectados provinciales votados. Igual tratamiento se le dará a los Remanentes que se tramiten con posterioridad al año 2.013, siguiendo el procedimiento que fije la reglamentación para cada año sobre el particular.”
Crean el Observatorio de Empleo para generar políticas vinculadas con el mercado de trabajo
El Senado de la Provincia aprobó una propuesta presentada por la senadora Ana Sevilla para que se cree en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno de la Provincia de Mendoza, el Observatorio de Empleo, el cual dependerá de la Dirección de Empleo de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social.
El mismo tendrá como objetivo primordial facilitar la toma de decisiones en materia de políticas vinculadas con el mercado de trabajo, a través del ordenamiento, anáisis, la puesta en valor y la difusión de información sobre distintos aspectos del empleo y la formación profesional.
De esta forma, dicho observatorio deberá generar capacidades locales para la recolección de información y conocimiento sobre el mercado de trabajo de Mendoza. Además deberá celebrar convenios con otras instituciones para el mejor aprovechamiento de los recursos técnicos, económicos y profesionales. También detectará y definirá problemas relativos al mercado de trabajo y formación.
Por otro lado, deberá acompañar los procesos de sistematización y registro de oferta y demanda laboral para favorecer el direccionamiento de programas de inserción laboral, el diseño y la presentación de lineamientos de políticas laborales y de proyectos que contribuyan a la creación de empleo; elaborar informes y publicaciones periódicas para difundir los múltiples aspectos de la problemática del empleo; crear un fondo documental de estadísticas e investigaciones especializadas en trabajo y empleo que permita contar con información precisa y actualizada; entre otras.
Instituyen el 5 de diciembre como el “Día de la Familia Rural”
Por propuesta del diputado Ricardo Mansur, el Senado de la Provincia aprobó un proyecto para que se instituya en el ámbito provincial el día 5 de diciembre de cada año como “Día de la Familia Rural” en conmemoración de la fecha de la inauguración del Primer Monumento a la Familia Rural, sito en la Ciudad de Rivadavia, Provincia de Mendoza.
Dicha fecha deberá incorporarse en el calendario escolar como jornada de reflexión y homenaje al “Día de la Familia Rural”.
La propuesta fue aprobada por unanimidad, por lo que pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
El Senado manifiesta su preocupación ante los despidos que se producirán en la empresa aceitera OLIVI HNOS
Por iniciativa del senador Luis Bohm, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto in vice, en el que manifiestan la preocupación, ante el anuncio del cierre de actividades realizado por la empresa aceitera OLIVI HNOS. S.A. que dejaría sin fuentes de trabajo a muchas familias de nuestra Provincia.
Sobre Tablas
Bloque Justicialista-Frente para la Victoria
Gustavo Arenas presentó un pedido de informe, en el que solicita que la Secretaría de Ambiente y ordenamiento Territorial, informe sobre los controles previstos para los días 25 de diciembre y 1 de enero en los Espejos de Agua de la Provincia.
Además, el senador Samuel Barcudi presentó una propuesta en la que solicita que al Poder Ejecutivo realice las gestiones ante las autoridades del Banco de la Nación Argentina, para la instalación de un cajero automático en Monte Comán, en San Rafael.
Bloque Unidad Popular
Guillermo Amstutz presentó un pedido de informe dirigido al Ejecutivo, para que brinde información en cuanto al tratamiento y disposición final de residuos líquidos químicos peligrosos, realizados por unidades generadoras referidas en la Ley Nacional 24.051.
Además solicitó que la Dirección General de Escuelas reubique al CENS N° 3-438 “Laguna del Diamante” del departamento de San Carlos.
Bloque Oficialista
Senadores aprobaron un proyecto de resolución del senador Héctor Quevedo, para que la Cámara declare de interés los actos de inauguración de la puesta en valor del campo histórico El Plumerillo- Las Heras, a realizarse el 22, 23 y 24 de enero.
Por otro lado, Quevedo solicitó a través de un proyecto in voce, que se reconozca al equipo de fútbol Huracán Las Heras, por haber logrado el ascenso a la categoría Federal A, al consagrarse campeón del Torneo Federal B.
Homenajes
Durante este período, la senadora Claudia Salas se refirió al bicentenario de la creación del departamento de San Martín. El senador Omar Benegas, adhirió a dicho reconocimiento.