Crearán un Centro de Abordaje del Agresor en el marco de la lucha contra la Violencia de Género

19/10/16-

La Cámara de Senadores aprobó una iniciativa de la senadora Ana Sevilla que tiene por objeto crear el Programa de Centros de Abordaje del Agresor en el marco de la lucha contra la Violencia de Género. La norma fue aprobada por 33 votos positivos.

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Durante su tratamiento, su autora explicó que “la mayoría de las acciones se realizan después del hecho, no hay programas de prevención, ni de concientización y de esta manera lamentablemente seguimos teniendo hombres que necesitan tener un abordaje para poder reconducir sus conductas”.

Además Sevilla indicó que la iniciativa se fundamenta en lo que dicen las convenciones sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en la Plataforma de Acción de Beijing, en las disposiciones de la ONU, entre otras. Y añadió: “Estas convenciones dan como recomendaciones debe haber una intervención de los hombres”.

La legisladora también afirmó: “El hombre debe acompañarnos en este pedido de igualdad y en esta lucha contra la violencia de género. Los conceptos en que se sustenta este proyecto es que la violencia de género es un problema social que involucra tanto a hombres como mujeres, por tanto la solución debe involucrar a ambos actores”.

Datos sobre el proyecto

La norma contempla que se entiende por “Agresor” a toda persona que según Naciones Unidas, haya ejercido violencia contra las mujeres: todo acto de violencia por causa de la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada.

Los Centros deberán realizar atención especializada a agresores mayores de 18 años que ejercen violencia de género. Se detallan funciones, no restrictivas:

  1. Brindar tratamiento especializado destinado a agresores que asistan voluntariamente o sean derivados por el ámbito judicial
  2. El tratamiento debe tener en cuenta, los siguientes aspectos, sin ser restrictivos:
  3. Evaluar en las primeras fases del tratamiento el grado de peligrosidad y el nivel de motivación para la modificación de sus actos.
  4. Orientar al agresor para que se responsabilice de sus actos y tenga motivación para cambiar.

Además en estos centros deberán trabajar estereotipos patriarcales, roles sexuales, control de los impulsos, los celos, entre otros.

  1. Promover el control de las conductas violentas
  2. Las intervenciones terapéuticas con agresores deben tener como objetivo enseñar técnicas de suspensión temporal, abordar el problema de los celos, controlar los hábitos de bebida, reevaluar los sesgos cognitivos, diseñar estrategias de solución de problemas, entrenar en relajación y habilidades de comunicación y enseñar técnicas de afrontamiento de la ira y de control de los impulsos.
  3. Las sesiones grupales, deben estar dirigidas por terapeutas junto con algún ex-agresor que actúe como modelo, tienen como objetivo neutralizar los mecanismos habituales de negación, minimización y atribución causal externa de las conductas violentas.

Se desarrollarán, de esta manera, campañas de información sobre los impactos psicológicos recibidos por las víctimas y de sensibilización hacia estas mujeres, mostrando casos reales y las consecuencias fatales producidas por éstos.

El Programa estará a cargo de la Dirección de Género y Diversidad y de las Áreas de Mujer de los Municipios o la denominación que la reemplace a futuro.