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Aprueban la derogación de la Ley 4.966 para regular la exposición a Rayos Ionizantes en Mendoza

Publicada el 23 abril, 2024

La propuesta prevé que la instalación, habilitación y control de seguridad, calidad y funcionamiento de los dispositivos emisores de radiaciones ionizantes en la Provincia de Mendoza, deben ajustarse a las disposiciones de la presente ley, así como a las pertinentes de la Ley nacional N° 17.557.

Rayos Ionizantes en Mendoza

Durante la sesión realizada hoy y en un esfuerzo por modernizar y fortalecer la regulación en materia de exposición a rayos ionizantes en la provincia de Mendoza, el Senado aprobó por 19 votos positivos y 18 negativos un proyecto de ley que deroga la Ley 4.966, para reemplazarla por una la legislación actual, ya que la vigente data de hace casi 40 años. Al ser avalada por la Cámara Alta, deberá ser remitida a Diputados en revisión.

El miembro informante de este proyecto que busca habilitar y controlar dispositivos de radiaciones ionizantes, derogando la ley provincial 4966 vigente desde hace 40 años fue el senador Mario Ana quien explicó los principales alcances de la misma.

El legislador destacó que la nueva ley, alineada con estándares internacionales como los de la Organización Mundial de la Salud y de la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP), se centra en la justificación, optimización y limitación de la dosis radiológica.

Además explicó, que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud y Deportes, con funciones de fiscalización y control. Además, la ley establece medidas de protección durante el embarazo y clarifica los límites de dosis para los trabajadores en distintos sectores.

Vale destacar que dicha iniciativa, elaborada en respuesta a la evolución tecnológica y las nuevas recomendaciones internacionales en materia de seguridad radiológica, busca establecer un marco regulatorio más actualizado y abarcativo para todas las actividades que emplean personas expuestas a radiación ionizante.

La normativa actual, según lo expuesto en el proyecto, se ha vuelto obsoleta al no adaptarse a los avances en tecnología y métodos de protección radiológica disponibles en la actualidad. Además, se señala que las disposiciones actuales impiden que ciertos trabajadores, fuera del ámbito médico o técnico hospitalario, estén amparados por regulaciones específicas, lo que representa un vacío legal en materia de protección laboral.

El proyecto propone, entre otras medidas, que la instalación, habilitación y control de seguridad de los equipos emisores de radiaciones ionizantes en la provincia de Mendoza se ajusten a las disposiciones de la Ley nacional correspondiente, así como a cualquier otra normativa reglamentaria que garantice un nivel adecuado de seguridad en su funcionamiento.

Por ello, la Provincia de Mendoza debe ajustarse a las disposiciones de la presente ley, así como a las pertinentes de la Ley nacional N° 17.557, su Decreto Reglamentario N° 6320/98 y cualquier otra normativa reglamentaria que se dicte, con el fin de garantizar el adecuado nivel de seguridad en su instalación y funcionamiento.

Asimismo, se establecen sanciones para aquellos que incumplan con las disposiciones de la ley, que van desde multas hasta la suspensión o cancelación de la habilitación de los equipos e instalaciones, pasando por la suspensión o cancelación de autorizaciones a profesionales y técnicos responsables.

El proyecto también contempla la creación de un registro de habilitaciones otorgadas, así como la supervisión y aplicación de la ley por parte del Ministerio de Salud y Deportes de la provincia.