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Avanzan en comisiones cuatro proyectos contenidos dentro del Plan Provincial de Salud

Publicada el 14 marzo, 2024

Se trata de iniciativas destinadas a modificar la Ley de Habilitaciones en el ámbito de la salud, a fortalecer el Centro Regional de Hemoterapia, a crear un Registro Provincial de Financiadores de Salud y a promover la actividad física en las escuelas. Al acordar la firma del despacho, estas propuestas podrían ser tratadas en el recinto.

cuatro proyectos contenidos dentro del Plan Provincial de Salud

En su décimo encuentro, las comisiones de Salud, Hacienda y Presupuesto y Legislación y Asuntos Constitucionales continúan avanzando en los más de 20 proyectos de Ley contenidos dentro del Plan Provincial de Salud, que propone llevar adelante la transformación del sistema sanitario de la provincia y, así, brindar más y mejores servicios.

La iniciativa impulsada por el Ejecutivo provincial, busca desarrollar una planificación a mediano y largo plazo para que cada gestión de Gobierno, pueda adecuar y ajustar los lineamientos estratégicos a las realidades del momento, poniendo foco en aquellas intervenciones que se consideren prioritarias.

Los proyectos tratados hoy por la comisión conjunta vinculados a modernizar las regulaciones de los establecimientos de salud, a fortalecer el Centro Regional de Hemoterapia, a crear un Registro Provincial de Financiadores de Salud y a promover la actividad física en niños, niñas y adolescentes, quedaron a la firma para recibir su despacho correspondiente.

Eso fue decidido en el día de ayer, cuando cada legislador tuvo la oportunidad para expresar preguntas y opiniones, en donde se invitó a representantes del Ministerio de Salud y Deportes, quienes brindaron una reseña de cada uno de estos proyectos de ley.

Uno de los proyectos que podrá ser tratado en las próximas sesiones pretende actualizar y modernizar las regulaciones vigentes para los establecimientos proveedores y/o prestadores de servicios de salud en la región. Este proyecto, que fue analizado ayer y hoy por las comisiones de Salud, Lac y Hacienda y Presupuesto, busca derogar el régimen actualmente en vigor establecido principalmente en la Ley Nº5532 y sus normas complementarias.

La normativa propuesta se fundamenta en la necesidad de adaptar las regulaciones a los cambios significativos que ha experimentado el sector de la salud en los últimos años, tanto en términos de tecnología como de demandas de la sociedad. Además, se destaca la experiencia acumulada durante la vigencia de las regulaciones actuales, que ha revelado dificultades en su aplicación debido a la exhaustividad y rigidez de su contenido.

Otro de los aspectos destacados del proyecto es la incorporación de criterios de categorización de los establecimientos de salud, con el objetivo de diferenciar a los prestadores y brindar una herramienta útil a los organismos financiadores. Asimismo, se prevé la adopción de directrices provenientes del Programa Nacional de Garantía de la Calidad, lo que permitiría unificar criterios y lenguaje con otras provincias que ya adhieren al programa.

Entre los puntos principales de la propuesta se encuentran la regulación de la factibilidad, habilitación, categorización y acreditación de los establecimientos de salud. Se establecen requisitos obligatorios generales y específicos para la habilitación, así como la creación de un sistema de categorización que ordene la oferta de servicios de salud según su complejidad y capacidad resolutiva.

Además, se prevén disposiciones transitorias para los establecimientos que se encuentren en funcionamiento al momento de la entrada en vigencia de la ley, permitiendo su habilitación condicional y estableciendo beneficios fiscales para aquellos que cumplan con los requisitos de adecuación.

Luego, fue analizada una iniciativa destinada a modificar la Ley de Sangre en la Provincia, con el objetivo de potenciar el Centro Regional de Hemoterapia y mejorar su operatividad. Este proyecto busca ajustar las regulaciones locales a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 22.990 y su Decreto Reglamentario.

La iniciativa tiene como premisa coordinar de manera más eficaz los efectores de salud, garantizando el respeto de las buenas prácticas clínicas y de bioquímica para la disposición de la sangre y sus derivados. Además, busca promover medidas para el abastecimiento y la seguridad transfusional, así como establecer una política de autosuficiencia en sangre.

Uno de los principales objetivos del proyecto es establecer un nuevo modelo de gestión que incluya unidades de efectores públicos y privados, optimizando así el uso de los recursos disponibles y garantizando un stock permanente de sangre y sus derivados. Se busca también promover la participación y colaboración de entidades públicas y privadas para alcanzar los objetivos del Centro Regional de Hemoterapia.

El proyecto de ley incluye la sustitución de artículos clave de la Ley N° 8631, estableciendo principios fundamentales y la autoridad de aplicación de la misma. Asimismo, se definen las funciones del Centro Regional de Hemoterapia, que incluyen la promoción de la donación voluntaria y altruista de sangre, así como el desarrollo de un sistema de hemovigilancia y la promoción de la investigación científica en la materia.

En cuanto a los recursos necesarios para la implementación de la ley, se prevé financiamiento a través del presupuesto provincial, ingresos por prestación de servicios, convenios nacionales e internacionales, multas por infracción a la ley, entre otros.

Además, se acordó dar despacho al proyecto destinado a la creación del Registro Provincial de Financiadores de Salud. Este registro tiene como objetivo establecer mecanismos efectivos de normatización, evaluación y control del desempeño de los financiadores de la seguridad social y medicina prepaga que operan en la provincia.

En el marco de las competencias provinciales y la protección del derecho a la salud de los habitantes de Mendoza, el proyecto busca asegurar la cobertura efectiva del programa médico obligatorio, promoviendo un ordenamiento claro, equitativo y eficiente del sistema de salud provincial.

El proyecto propone que el Ministerio de Salud y Deportes desarrolle mecanismos de normatización, evaluación y control del desempeño de los financiadores del sistema de salud comprendidos en las leyes nacionales pertinentes. Además, se establece la creación del Registro Provincial de Financiadores de Salud, que estará a cargo del Ministerio y será responsable de sistematizar, auditar y controlar a los financiadores del sistema de salud que operen en la provincia.

Los financiadores deberán presentar al momento de su inscripción y mantener actualizado un detalle pormenorizado de los programas de prestaciones médico asistencial que brindan a sus beneficiarios, el listado completo de sus beneficiarios, las instituciones donde se prestan las mismas y los convenios celebrados. Asimismo, en caso de modificaciones en los convenios celebrados, deberán presentarlas al Ministerio en un plazo determinado.

El Ministerio de Salud y Deportes estará facultado para celebrar convenios necesarios con el fin de establecer las pautas de funcionamiento, los derechos y obligaciones de las partes, y todo aquello que resulte necesario para garantizar la prestación del servicio de salud en el ámbito de las competencias provinciales.

En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley, el Ministerio estará facultado para realizar denuncias penales y administrativas pertinentes.

Se espera que el Ministerio de Salud y Deportes reglamente la ley en un plazo no mayor a 120 días desde su promulgación, lo que constituirá un paso importante en la mejora del sistema de salud provincial y la protección de los derechos de los ciudadanos mendocinos.

Por último, se acordó firmar el despacho del proyecto que busca fomentar la realización de actividad física en niños, niñas y adolescentes (NNYA) en la provincia de Mendoza. Este proyecto surge en respuesta al preocupante aumento del sobrepeso y la obesidad en este grupo etario, así como a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para prevenir enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT).

Según datos recientes, el 41,1% de los NNYA en Argentina presentan exceso de peso, ya sea sobrepeso u obesidad. Además, estudios realizados por el Programa Nacional de Salud Escolar (PROSANE) revelaron un alarmante aumento en los índices de obesidad y sobrepeso al finalizar el ciclo escolar primario.

El proyecto de ley propone diversas medidas para promover la actividad física en los niños y adolescentes, así como para garantizar su acceso a espacios deportivos y recreativos. Entre las disposiciones destacadas se encuentran:

  • Promover la realización de actividad física en todos los NNYA, tanto en el ámbito curricular como extracurricular.
  • Realizar un control integral de salud periódico a todos los NNYA, sin que su presentación sea un requisito para participar en actividades físicas en el sistema educativo.
  • No exigir constancias de salud o apto físico para acceder a actividades físicas en el sistema educativo, salvo en casos específicos detectados en el control de salud.
  • Extender una constancia médica solo en casos donde existan condiciones que limiten temporal o permanentemente la realización de actividad física.
  • Promover la aplicación de leyes relacionadas con la capacitación en técnicas de reanimación cardiopulmonar y la prevención de muerte súbita en establecimientos escolares.
  • Establecer que la ley se aplique a todos los establecimientos educativos y de salud de la provincia, tanto públicos como privados.
  • Designar al Ministerio de Salud y Deporte de la Provincia de Mendoza, en coordinación con la Dirección General de Escuelas, como autoridad de aplicación de la ley.

El proyecto de ley también faculta al Ministerio de Salud y Deporte, en coordinación con la Dirección General de Escuelas, a dictar la reglamentación necesaria para la implementación de estas medidas, con el objetivo de mejorar la salud y el bienestar de los niños, niñas y adolescentes en la provincia de Mendoza.