Aprueban una ley para regular la formación y el ejercicio de los guardavidas

La iniciativa establece un registro obligatorio, fija requisitos de formación y habilitación profesional, y obliga a contratar personal matriculado, con el objetivo de garantizar mayor seguridad en los espacios acuáticos y jerarquizar una actividad clave para el cuidado de la vida. Pasó al Ejecutivo para su promulgación.

La Cámara de Senadores de Mendoza dio un paso clave hacia la profesionalización y el ordenamiento de la seguridad acuática en la provincia, al aprobar un proyecto que establece un marco normativo integral para la formación y el ejercicio de los guardavidas. La iniciativa, que fue respaldada por 26 votos positivos y 7 negativos, fue remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La propuesta apunta a unificar criterios formativos, elevar los estándares de seguridad y garantizar que quienes cumplen tareas de prevención y rescate en espejos de agua cuenten con la capacitación adecuada y el respaldo legal necesario. De este modo, se busca dar respuesta a un reclamo histórico del sector, con antecedentes legislativos que se remontan al año 2007.

Durante el tratamiento en el recinto, la senadora Yamel Ases actuó como miembro informante y puso en valor el trabajo previo realizado en la Cámara de Diputados, donde el proyecto obtuvo media sanción por unanimidad, así como el análisis en comisiones del Senado, donde recibió despacho favorable de Turismo, Cultura y Deportes, y de Legislación y Asuntos Constitucionales.

Uno de los ejes centrales de la iniciativa es la creación de un Registro Provincial Obligatorio de Guardavidas, que tendrá carácter público y funcionará como herramienta de control, fiscalización y ordenamiento de la actividad. A través de este registro, se implementará una matrícula habilitante de renovación anual, lo que permitirá verificar de manera permanente que cada profesional cumpla con los requisitos exigidos para ejercer.

En esa línea, la normativa establece que será obligatorio para todos los organismos públicos y privados, así como para los responsables de instalaciones acuáticas, contratar únicamente a guardavidas debidamente inscriptos en el registro. Esta disposición apunta a erradicar la informalidad y garantizar que las tareas de prevención y rescate sean realizadas exclusivamente por personal calificado.

El proyecto define con precisión la figura del guardavida como un profesional capacitado en vigilancia, prevención, supervisión y asistencia técnica, con competencias para intervenir en situaciones de emergencia mediante rescates acuáticos y la aplicación de primeros auxilios. Asimismo, reconoce el carácter esencial de esta actividad para la protección de la vida humana en entornos acuáticos.

Entre los requisitos para acceder a la matrícula, se establece la obligatoriedad de acreditar mayoría de edad, contar con un título habilitante emitido por instituciones reconocidas oficialmente por el Ministerio de Educación, Cultura, Infancia y la Dirección General de Escuelas, presentar certificado de antecedentes penales y no registrar sanciones que inhabiliten el ejercicio de la profesión. Además, se prevé la actualización periódica de conocimientos, lo que refuerza la formación continua como pilar de la actividad.

La autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Salud y Deportes, que tendrá a su cargo la administración del registro, la fiscalización del cumplimiento de la normativa y la posibilidad de articular convenios con los municipios para asegurar su implementación efectiva en todo el territorio provincial. Esta coordinación permitirá adaptar la aplicación de la ley a las particularidades de cada jurisdicción, sin perder criterios unificados.

Otro aspecto relevante del proyecto es que establece un marco regulatorio que ordena tanto la formación como el ejercicio profesional, sentando bases para futuras reglamentaciones que puedan profundizar aspectos como condiciones laborales, cobertura de servicios y protocolos de actuación en distintos tipos de espejos de agua.

La iniciativa fue elaborada con la participación activa de actores del sector, incluyendo guardavidas formados en la Universidad Maza y en el Instituto de Educación Física, y contó con validación técnica de la Subsecretaría de Deportes y de la Dirección de Alto Rendimiento, lo que refuerza su carácter consensuado y su viabilidad operativa.

Con esta aprobación, el Senado de Mendoza avanza hacia un sistema más transparente, profesional y seguro, poniendo fin a la dispersión normativa existente. La medida no solo jerarquiza la labor de los guardavidas, sino que también fortalece la seguridad de la ciudadanía en todos los ámbitos acuáticos de la provincia, consolidando una política pública orientada a la prevención y al cuidado de la vida.